Un informe especial de la Intervención General pone en jaque al SAS por los contratos de emergencia de 2020

La consejera de Salud, Catalina García

El informe especial elaborado y suscrito en 2022 por la Intervención General de la Junta de Andalucía, al que ha tenido acceso recientemente la asociación Justicia por la Sanidad, demuestra que los contratos de emergencias del Servicio Andaluz de Salud (SAS) suscritos en 2020 incurren en numerosos incumplimientos legales

La consejera de Salud, Catalina García, mintió a la Comisión del Parlamento con relación a los contratos de emergencia, al igual que lo hizo en una rueda de prensa el portavoz del gobierno andaluz, Ramón Fernández-Pacheco

por Luis Escribano

 

Miércoles, 1 de mayo de 2024. Tal como publicó este diario en exclusiva en mayo de 2023, la consejera de Salud mintió sobre los contratos de emergencias suscritos por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) en 2020, durante la pandemia del covid-19. La consejera de Salud, Catalina García Carrasco, aseguró una “total transparencia en la contratación de emergencia durante la pandemia”, incidiendo en que “estos contratos cumplen rigurosamente con la Ley de Contratos del Sector Público”.

Igualmente, el portavoz del gobierno andaluz, Ramón Fernández-Pacheco Monterreal, manifestó literalmente que “el Servicio Andaluz de Salud es ejemplar siempre a la hora de la tramitación administrativa de los diferentes contratos”, en la rueda de prensa del 24 de octubre de 2023, tras la reunión del consejo de gobierno y en respuesta a la pregunta del periodista de este diario, Paco Núñez.

Estos cargos del gobierno andaluz mintieron sin pudor alguno, dado que es absolutamente falso lo que manifestaron, como lo demuestran no sólo los ocho informes anuales de los interventores de la Junta de Andalucía que se refirieron en el citado artículo de mayo de 2023, sino ahora también un Informe especial elaborado por la Intervención General de la Junta de Andalucía, al que ha tenido acceso recientemente la asociación Justicia por la Sanidad tras sus investigaciones.

Con los datos de este artículo, se revela de nuevo que los políticos de los partidos pueden mentir a los ciudadanos todo lo que quieran sin consecuencia alguna, dado que el sistema partitocrático instituido en 1978 en la mal llamada “constitución” protege a los políticos y partidos, no al pueblo o nación como ocurre en una democracia. Y para colmo, algunos partidos ponen el foco en los “bulos” de los medios de comunicación, pero nada dicen sobre sus propios bulos y mentiras que usan para manipular y dividir a la nación o pueblo, lo propio de la deriva del régimen partitocrático a una tiranía, como algunos llevamos advirtiendo durante años. Un ejemplo, en este artículo: “Justicia, libertad y democracia en España: las grandes ausentes

El informe especial de la Intervención General de la Junta de Andalucía

El pasado 9 de noviembre de 2022, la Interventora Blanca María Pons Rodríguez, responsable de la División de Control del Gasto Sanitario de la Intervención General, firmó el Informe Definitivo de cumplimiento de Expedientes de Tramitación de Emergencia, de control financiero de los expedientes tramitados por el procedimiento de emergencia por los Servicios Centrales del SAS en el ámbito del artículo 9 del Decreto-ley 3/2020 del gobierno andaluz.

Extracto del Informe especial de la Intervención General

Es conveniente aclarar que dicho informe no se basa en la revisión de todos los expedientes tramitados de emergencia por el SAS, sino sólo en el análisis de una muestra de ellos, con lo cual no refleja la realidad de todos los expedientes que incumplen la legislación: la mayoría de los expedientes no los ha revisado nadie. Para colmo, si ya existen numerosos expedientes sin control, recuerden el añadido: la Administración de Moreno Bonilla ha introducido en el control financiero un filtro político.

Dicha muestra fue extraída por periodos de tramitación de los expedientes, tal como indica el informe:

    • Una primera muestra de expedientes cuyas propuestas contables han sido tramitadas ante la Intervención Central del SAS entre el 4 de abril y el 22 de junio de 2020, ambos incluidos: la muestra asciende a 28 expedientes del total de 166, siendo el gasto de los expedientes de la muestra de 47,77 millones de euros, sobre el total gastado en este subgrupo de 253,18 millones de euros. Es decir, quedan sin revisar los expedientes de emergencia del SAS con un gasto de más de 205 millones de euros.
    • Una segunda muestra de expedientes cuyas propuestas contables han sido tramitadas ante la Intervención Central del SAS entre el 6 de octubre de 2020 hasta la fecha de cierre del ejercicio presupuestario 2020: la muestra asciende a 90 expedientes del total de 1.546, siendo el gasto de los expedientes de la muestra de 67,97 millones de euros, sobre el total gastado en este subgrupo de 205,34 millones de euros. Es decir, quedan sin revisar los expedientes de emergencia del SAS con un gasto de más de 137 millones de euros.
    • Una ampliación de muestras solicitada el 01/02/2022, introduciendo al total de la primera y segunda muestra 8 expedientes más por un montante de 7,09 millones de euros. Todos los datos correspondientes a esta muestra no aparecen en el informe de la Intervención porque la página 8 donde debería desarrollarse está en blanco.

Al final del artículo se publican los datos de los expedientes que han formado parte de dichas muestras, incluidas las empresas adjudicatarias, conceptos e importes económicos.

La revisión realizada por la Intervención se ha basado en la comprobación del cumplimiento de los extremos recogidos en el artículo 120 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) y normativa autonómica complementaria.

Dado que el gobierno andaluz eliminó en 1993 la revisión previa de los expedientes de gasto sanitario del SAS por los interventores, sustituyéndolo por una revisión anual de una muestra de expedientes (control financiero), debe quedar claro que la mayoría de los expedientes del SAS no los revisa nadie, una clara invitación a la corrupción en el gasto sanitario, que incluye las obras, los conciertos sanitarios, el gasto farmacéutico, los contratos de servicios (seguridad, limpieza, calidad, controles…), etcétera, como se ha advertido en numerosos artículos del que suscribe este artículo. Hablamos de un gasto de cientos de millones de euros anuales que nadie fiscaliza o revisa, ni antes de aprobar los contratos ni después de ejecutarlos. Este descontrol del gasto del SAS fue iniciado por el PSOE y continuado por el PP, y ningún partido de la oposición ha presentado iniciativas para modificarlo (todos esperan aprovecharse de este descontrol si llegan al poder).

Incumplimientos legales en la muestra de los expedientes revisados

A continuación, se detallan los incumplimientos legales de mayor relevancia detectados por la Intervención General, así como los datos de los expedientes afectados, entre los que aparecen contratos adjudicados a empresas que han sido objeto de otros artículos de este diario por presuntos casos de corrupción, como Diseño y Aplicaciones del No Tejido, SL o la empresa con conexiones con el PP andaluz Far-Andalus, SL.

1º) El pedido, entrega o notificación a la empresa se realiza con fecha anterior a la adopción del ineludible acuerdo de tramitación de emergencia. Estos son los expedientes de la muestra en los que se ha detectado:

2º) En el acuerdo de tramitación de emergencia no se establece una cuantía determinada ni limitación temporal, al indicarse textualmente en algunos expedientes que “las compras se irán desarrollando según vaya evolucionando el brote, y teniendo en cuenta la situación de insuficiencia de estos productos en el mercado”. Estos son los expedientes afectados de la muestra:

3º) En los expedientes de adquisición de material informático se observa que el suministro podría haber sido contratado acudiendo a los procedimientos o mecanismos ordinarios, como la tramitación de urgencia, el procedimiento negociado sin publicidad, el procedimiento abierto simplificado del artículo 159.1 o súper simplificado del artículo 159.6 de la LCSP. Estos son los expedientes de la muestra en los que se ha detectado:

4º) Aunque lo exige la ley, no se acompaña autorización de Hacienda (artículo 34.1 de la Ley 9/1996, por la que se aprueban medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, contratación administrativa, etc.). Este es el expediente de la muestra en el que se ha detectado:

5º) No cuentan con la autorización de la consejería de Hacienda algunos expedientes tramitados a partir del 22/03/2021, habiéndose librado fondos a justificar del 100% (artículo 4.b del Decreto 39/2011). Estos son los expedientes de la muestra en los que se ha detectado el incumplimiento:

6º) No consta contrato formalizado en algunos expedientes que suponen sucesivas entregas o prestaciones que se repiten en el tiempo.

Lo incumplen cinco expedientes: Jesús Burgos Perraut, con un importe de 214.003,42 euros; Clínica Novo Sancti Petri, con 170.040,40 euros; Virgen de la Palma, SL, con 100.518,14 euros; Clínica Esperanza de Triana, con 44.005,14 euros, y Clínica Oftalm. Córdoba, con 10.915,20 euros.

7º) No se ha iniciado la ejecución de la prestación en el plazo de un mes desde la adopción del acuerdo de tramitación de emergencia. Según la Ley, si se excediera dicho plazo, el contrato debería haberse tramitado por procedimiento ordinario, y no se ha hecho (artículo 120.1.c de la LCSP). Se relacionan seguidamente los expedientes de la muestra que lo incumplen:

8º) No consta en la documentación recibida el documento en el que el responsable del contrato otorga su conformidad a la prestación realizada (artículos 198.4 y 212.2 de la LCSP), no siendo suficiente la firma del contra albarán al no concurrir en la persona firmante la condición de responsable del contrato. Este incumplimiento se ha detectado en los siguientes expedientes de la muestra:

9º) No consta en el expediente acta de recepción positiva de la inversión, o la misma no está debidamente firmada. Por lo tanto, se incumplirían los artículos 210, 300, y 311 de la LCSP.

En estos cuatro expedientes no se ha aportado el acta de recepción: Banderas del Sur, SL, por 37.248 euros; General Machines Technology, SL, por 44.552,20 y 32.331,20 euros; y HP Printing and Computing Solutions, SL, por 98.711,80 euros.

Asimismo, en la imagen siguiente aparecen los datos de los expedientes de la muestra en los que el acta aportada está sin firmar:

10º) En numerosos expedientes se incumple el plazo estipulado para publicar los documentos del contrato en el perfil del contratante, que es de 15 días a partir de la resolución de adjudicación o formalización del contrato, según la LCSP. Asimismo, en las publicaciones no se incluye la clasificación CPV del contrato. A continuación, se reflejan los datos de los incumplimientos:

10.a) Con relación a los expedientes relativos al pedido 1004/2020, la relación de adjudicatarios anexa a la resolución del acuerdo de emergencia de 13/03/2020 fue firmada el 29/03/2021 y publicada el 07/04/2021. Es decir, se publicó superado el año del acuerdo de emergencia, cuando ya estaba finalizada la ejecución del expediente. Y el gobierno andaluz presume de transparencia y buena gestión.

Téngase en cuenta, además, que el acuerdo de tramitación de 13/03/2020, que estimó un gasto de 22,16 millones de euros, sufrió una corrección mediante otra resolución de fecha 19/05/2020, ampliando el importe anterior en 6,77 millones de euros. Esta es la relación de expedientes afectados por dicho incumplimiento:

10.b) Con relación a los expedientes publicados con referencia 2020-94580, cuya resolución de adjudicación con numerosas empresas fue firmada el 19/05/2020, por un importe de adjudicación de 119,21 millones de euros, la fecha de publicación fue el 05/11/2020, es decir, 6 meses después. Estos son los expedientes afectados que aparecen en la muestra, aunque afecta a muchos más:

Como se puede observar, una de las empresas es Diseño y Aplicaciones del No Tejido, SL (más adelante se menciona otro incumplimiento en contrato con dicha empresa), sobre cuyo contrato este diario publicó estas exclusivas:

10.c) Con relación al expediente 12/2020 de la obra de terminación parcial de las zonas de hospitalización del antiguo hospital militar (Vigil de Quiñones), la fecha de la resolución de adjudicación es 22/07/2020, por un importe de 7,74 millones de euros, pero no fue publicado hasta el 03/11/2020, casi tres meses y medio después.

El presupuesto fue ampliado el 28/12/2020 hasta los 15,66 millones de euros, que no se ha publicado hasta el 30/09/2021, nueve meses después. Sobre este hospital han surgido varias polémicas que sugieren una deficiente gestión por parte de los responsables del SAS:

    • El SAS celebró una consulta entre el personal del SAS sobre la denominación de dicho hospital, y el SAS lo ha denominado con el nombre que quedó en cuarto lugar (Muñoz Cariñanos), que ha dado lugar a las quejas de los descendientes familiares de Vigil de Quiñones. Pueden comprobarlo en el Diario de Sesiones del Parlamento andaluz del pasado 13/03/2024.

En la imagen siguiente se relacionan los expedientes de la muestra que fueron ocultados durante meses por no publicarse en el perfil del contratante:

10.d) Con relación al expediente 5013/2020, relativo a la contratación de servicios de ensamblaje del respirador prototipo “Andalucía Respira” motivado por la pandemia covid, la fecha de adjudicación fue el 27/03/2020, pero no se publicó hasta el 30/10/2020, siete meses después. Estos son los expedientes de la muestra afectados por el incumplimiento:

10.e) Con relación a determinados expedientes de la muestra ampliada, no se ha aportado evidencia alguna de la publicación en la plataforma de contratación de la Junta de Andalucía. Estos son los expedientes afectados por este incumplimiento:

11º) En numerosos expedientes de la muestra no consta comunicación al Consejo de Gobierno entre la documentación aportada, o se ha incumplido el plazo de seis meses desde la adopción del acuerdo de emergencia hasta su comunicación al consejo de Gobierno. Son incumplimientos en cuanto a la toma de razón en aras al cumplimiento de transparencia de los acuerdos del Consejo de Gobierno tomando razón del acuerdo de tramitación de emergencia.

El artículo 120, apartado 1.b de la LCSP, establece que los órganos y entes de la Administración estatal comuniquen el acuerdo de emergencia al consejo de Ministros en el plazo de 30 días. El Decreto 39/2011, en su artículo 4.b, obligaba al consejero de Salud a “dar cuenta al Consejo de Gobierno, en el plazo máximo de dos meses, de la adopción del acuerdo de tramitación de emergencia de cualquier contrato, incluidos los celebrados por las agencias dependientes de la Consejería.”

Sin embargo, el Decreto-Ley 3/2020, de 16 de marzo, aprobado por el consejo de Gobierno de Andalucía y convalidado por el Parlamento andaluz, establecía literalmente que “se dará cuenta al Consejo de Gobierno, por el titular de la Consejería correspondiente, en el plazo máximo de seis meses desde que se dictó dicho acuerdo, acreditándose en este trámite la existencia de crédito adecuado y suficiente” (disposición adicional primera).

Es decir, correspondía al entonces consejero de Salud, Jesús Aguirre Muñoz, efectuar dicha comunicación al Consejo de Gobierno. Jesús Aguirre incumplió la norma legal en numerosos expedientes, y como premio, el PP andaluz lo ascendió a presidir el Parlamento andaluz, siendo elegido por mayoría absoluta (sólo el PP presentó candidato a la presidencia del Parlamento).

Este es otro ejemplo del “respeto” que los partidos tienen al pueblo o nación en este régimen partidocrático (no es una democracia), y, a pesar de todo, la mayoría de los españoles siguen apoyando dicho régimen cuando acuden a votar cada vez que los partidos invitan a ello. No hay peor ciego que el que no quiere ver.

Un total de 37 expedientes de la muestra incumple dicha obligación legal (un 30 % del total de la muestra): en 30 expedientes no consta la comunicación al gobierno andaluz, y en 7 expedientes se ha incumplido el plazo legal de la comunicación al consejo de Gobierno.  Es decir, el SAS estuvo ocultando al gobierno andaluz los acuerdos de emergencia, y aún así, miembros del gobierno como Catalina García y Ramón Fernández Pacheco -portavoz- defienden las contrataciones del SAS, signos de las habituales contradicciones e incoherencias del régimen partidocrático del 78 sin consecuencia alguna, del que se aprovecha el PP y resto de partidos al carecer la nación o pueblo español de mecanismos efectivos constitucionales para evitarlo o sancionarlo.

Entre los 30 expedientes en los que no consta la comunicación al consejo de Gobierno figuran los siguientes: Servisalus Málaga, SL, con un importe de 781.357,50 euros; Diseño y Aplicaciones del No tejido, SL, con 237.500 euros y 115.920 euros;   Jesús Burgos Perraut, con un importe de 214.003,42 euros; Clínica Novo Sancti Petri, con 170.040,40 euros; Hospital San Juan de Dios, con 137.994,13 euros; Werfen España, SA, con 117.600 euros, 58.080 euros, 40.800 euros, 29.040 euros, 28.800 euros y 8.712 euros; Iturri, SA, con 101.200 euros; Virgen de la Palma, SL, con 100.518,14 euros; Cardivais, SA, con 44.169,84 euros y 4.907,76 euros; Roche Diagnostics, SL, con 55.296 euros; Clínica Esperanza de Triana, con 44.005,14 euros; Palex Medical, SA, con 22.195 euros, 8.392,55 euros, 5.308,51 euros y 1.678,51 euros; y Clínica Oftalm. Córdoba, con 10.915,20 euros.

Los siete expedientes en los que la comunicación al consejo de Gobierno se realizó transcurridos más de seis meses desde el acuerdo del SAS de tramitación de emergencia son los siguientes: Abbot Rapid Diagnostic, SA, con 4.500.000 euros; Siemens Healthcare, SL, con 1.808.640 euros; Menarini Diagnósticos, SA, con 1.071.000 euros; Palex Medical, SA, con 252.000 euros; Cardivais, SA, con 150.072 euros; General Machines Technology, SL, con 44.552,20 euros y 32.331,20 euros;

Como pueden observar, aparecen empresas adjudicatarias de contratos que también incumplían la legislación por otros motivos, tal como se ha observado anteriormente.

12º) Se incumple en algunos expedientes lo estipulado en la normativa aplicable sobre al porcentaje de IVA a aplicar.

El SAS imputó un porcentaje de IVA incorrecto a diversas empresas, al no aplicar los anexos correspondientes de los Reales Decretos Leyes 28/2020 y 34/2020. Según indica el informe, el tipo de IVA ha de ser 0% o bien proceder a su devolución.

Por último, entre las observaciones finales que realiza la Intervención, se indica que en el expediente 121377876, correspondiente a un contrato con la empresa Far-Andalus, SL, por un importe de 230.162,33 euros, la factura expedida es rechazada por el órgano gestor, siendo objeto de devolución en tres ocasiones (dos de ellas por los Servicios Centrales del SAS).

Expedientes que han formado parte de la muestra revisada

MUESTRA 1ª

MUESTRA 2ª

AMPLIACIÓN DE MUESTRA


@13mescribano // Facebook de Luis Escribano

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