Y, ¡oh! sorpresa en medio del caso, el Auto de la Audiencia proporciona un varapalo a las tesis de la Fiscalía con una clara dicción.
Sevilla forma parte de un Estado de derecho. No de una derecha propietaria del Estado. Las derechas sociales y políticas sevillanas pasan de largo sobre la realidad social que les dice, si desean enterarse, que no poseen ni auctoritas ni imperium sobre pecheros y gentes del común, ni siquiera sobre los hijosdalgo de la cives . Su excelencia el capitán general Queipo de Llano, murió. Su eminencia el señor cardenal Segura murió.
Está, parece y se supone, en fase final el trabajo de la sala de justicia que ha de votar la sentencia del procedimiento específico en la causa de los EREs. ¿Es casual la coincidencia temporal de la volumétrica subida de los ataques de un diario sevillano escorado de estribor contra la magistrada titular del juzgado en el que se instruyó dicha causa y la aparición de nota pública del fiscal jefe Anticorrupcion con esa proximidad?. Quien firma este escrito no cree en casualidades en la vida política, pública, judicial y menos periodística. Cree en la Divina Providencia, la cual se mantiene – ¡Suprema sabiduría! – al margen de los procedimientos judiciales, por lo que Le pudiere ocurrir.
Tratemos de escribir en lenguaje llano. El presidente Marchena, durante las sesiones del juicio del procés ha consolidado una expresión introductoria a sus intervenciones: “Vamos ver… por ahí no vamos bien».
En el confuso magma jurídico-político-mediático originado por la intervención pública del fiscal jefe Anticorrupción de la fiscalía general del Estado llamando la atención ciudadana sobre las actuaciones jurisdiccionales de una magistrada instructora de la Audiencia sevillana, este letrado firmante del artículo presente, toma prestada, con la venia del señor presidente citado, su cotidiana intervención para decir también, vamos a ver… por ahí no vamos bien.
Los miembros del poder judicial que instruyen causas están sometidos a las decisiones de tribunales colegiados que son jerárquicamente superiores a ellos. Las partes de esos procedimientos pueden recurrir a esos tribunales por los cauces previstos en la leyes procesales. También los fiscales.
Los tribunales colegiados de la Audiencia de Sevilla resuelven siempre los recursos que se les presentan por las partes. En sus resoluciones pueden dar la razón a las tesis de instructores, fiscales o abogados. O corregir a unos y a otros. Es obligado esperar el pronunciamiento de las secciones de la Audiencia que ven los recursos. Los letrados sabemos que una vez recurrida una resolución de un magistrado instructor ha de esperarse la consiguiente decisión emitida por la Audiencia. El ejercicio de espera dada la parsimonia de la Administración de Justicia, incluida en ella las fiscalías, produce en los justiciables desazón y perplejidad y en los letrados una predisposición a la esperanza apocalíptica similar a las de los ciento cuarenta y cuatro mil elegidos al final de los tiempos.
Los justiciables tienen, constitucionalmente garantizado, el derecho al juez natural predeterminado por la ley. Los acusados, investigados, detenidos, y los llamados a testificar en los procedimientos que dirige la señora magistrada objeto de vapuleo mediático gracias a la nota oficial del fiscal jefe Anticorrupción tienen derecho a esa jueza predeterminada por la ley. Y la autoridad judicial por un lado, el órgano de gobierno de los jueces por otro y los fiscales como garantes de la legalidad para los justiciables por otro, están obligados ex lege a impedir, denunciar y perseguir cualquier subterfugio para romper el derecho al juez natural.
Edgar Allan Poe, entendido en misterios y truculencias, nos advirtió: Tal vez sea la propia simplicidad del asunto la que nos conduce al error.
En un auto que se conoció este lunes, la Audiencia sevillana no acepta la tesis de la magistrada instructora que es la misma que mantuvo la Fiscalía Anticorrupción en el llamado caso de los cursos de formación que tanta lasca le ha permitido sacar al medio impreso que la ha tomado con la magistrada en la picota. No acepta el archivo del caso. Manda reabrir el procedimiento. La Fiscalía Anticorrupción pidió el archivo de del procedimiento en 2016, una causa que afectaba directamente a la cúpula socialista del anterior Gobierno andaluz.
Dice el auto: “Estamos tratando de la posible malversación de caudales públicos o fraude en subvenciones, recuérdese que la financiación de los cursos de formación ha supuesto en 11 años (2002-2012) la suma de casi 3.000 millones de euros en materia de formación para el empleo”, señala el escrito.
Y, ¡oh! sorpresa en medio del caso, el Auto de la Audiencia proporciona un varapalo a las tesis de la Fiscalía con una clara dicción. Y, ¡horror de los horrores!, en este caso le da un pescozón soberano al recurso del bendito Partido Popular afirmando que efectúa «un desarrollo desmesurado y seguramente prescindible» en el escrito de recurso con «el pertinaz propósito del recurrente en poner en tela de juicio la imparcialidad» de la magistrada. No admite la recusación de Núñez Bolaños, que ya reclamó el PP anteriormente, y defiende con ahínco los interrogatorios de la instructora frente a «las sorprendentes alegaciones» de la acusación particular.
La Fiscalía, no exclusivamente la jueza, alegó en su recurso a la Audiencia que sólo hubo “descontrol” y “mala administración” y ésta le dice ahora que hay que examinar, «si las irregularidades en los expedientes no son producto de una pérdida accidental de documentos o de una mala gestión informática”, y si se propició el caos a propósito.
¡Teneos, pues, caballeros de espuelas de plata y oro, de puñetas de hilo fino, de pluma de ganso alado, que la Audiencia ha puesto a cada cual en su sitio y en estrados a la ilustre magistrada, para que proceda Usía!
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