Martes, 21 de mayo de 2023. En un Auto fechado el pasado 13 de mayo y notificado a las partes este lunes 20 de mayo -al que ha tenido acceso en exclusiva La Mar de Onuba-, los magistrados Florentino Gregorio Ruiz Yamuza (ponente), Alejandro Tascón García y Esteban Brito López (que firma como presidente) de la Sección tercera de la Audiencia Provincial de Huelva han tumbado el sobreseimiento provisional del caso por acoso sexual denunciado por cuatro de las diez trabajadoras marroquíes conocidas como Temporeras contra esclavitud, que el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 juez Carlos Serrano había decidido tras entender que “no aparece debidamente justificada la perpetración del delito”.
Serrano había dictado un Auto en diciembre del pasado año que atendía con el sobreseimiento provisional la petición del letrado del empresario investigado, el famoso abogado Francisco Baena Bocanegra, que calificó la denuncia de las temporeras de “maniobra para evitar su vuelta a Marruecos una vez terminada la temporada de la fresa». El juez nunca escuchó el relato de las cuatro temporeras, y dio por buenas las explicaciones del denunciado, el empresario Antonio Matos, propietario de la finca almonteña Doñana 1998, y del letrado que negó los delitos contra la libertad sexual que imputan a su cliente las Temporeras contra la esclavitud. Serrano no admitió los medios de prueba (testimonios, y material audiovisual) aportados por la representación legal de las trabajadoras.
En junio del año pasado, estas había declarado ante la Guardia Civil que el acoso por parte de su empleador «fue habitual durante su estancia en la finca» donde trabajaban, y que el empresario «las importunaba en su habitación». Una de las trabajadoras aseguró que el denunciado tocó «sus genitales y su pecho» en contra de su voluntad. El agente de Policía que tomo la declaración se negó a describir los hechos como acoso o agresión sexual, e hizo constar en el atestado que lo que se denunciaba era un delito de «insinuaciones sexuales», a pesar de las quejas de la abogada de las mujeres. Ese atestado es el único testimonio directo de las denunciantes en manos del juez Serrano.
Este había intentado una primera toma de declaración el pasado 14 de junio, cuando las temporeras se encontraban en una localidad de Málaga acogidas por el Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT). Según cuenta la abogada de las trabajadoras, que reside en Albacete, la citación se hizo «de forma telefónica y precipitada y resultaba materialmente imposible organizar la logística para estar todas en Huelva con solo unas horas antelación». Hubo una segunda citación, esta para el 7 de diciembre, en pleno puente de la Constitución y, lo que es más llamativo, 129 días después de que el permiso de estancia en España de las temporeras hubiera caducado. El juez conocía esa circunstancia.
No obstante, las temporeras estaban localizadas, pero nuevamente resultaba imposible organizar el desplazamiento, esta vez desde Albacete, de las cuatro mujeres y la abogada, por lo que se sugirió la posibilidad de declarar mediante videotransferencia, algo que no fue contemplado por el magistrado, a pesar de que así se lo había ordenado la Sección Primera de la Audiencia Provincial el 18 de enero de este año. Serrano desoyó la orden y ratificó el sobreseimiento de la causa.
Ahora es la Sección Tercera de la Audiencia Provincial la que vuelve a ordenar reabrir el caso, escuchar a las Temporeras contra la esclavitud y aceptar valorar el resto de pruebas propuestas por sus abogados: «Procede recibir las declaraciones, practicándose igualmente cualquier otra diligencia que de las mismas se derive o se repute necesaria, y luego adoptar la decisión oportuna en orden a la continuación o sobreseimiento de las actuaciones».
Reacción del empresario
Tras conocer la decisión de la Audiencia provincial, el empresario denunciad ha señalado al diario ABC que la decisión de la Audiencia de reabrir la causa se enmarca dentro de «la normalidad en en proceso jurídico» y «no varía las pruebas aportadas en la misma».
La causa de las Temporeras contra la esclavitud que la Audiencia Provincial ha ordenado reabrir en el auto notificado este mismo lunes a las partes, no es la única que estaba en situación de sobreseimiento provisional en el Juzgado de La Palma. del Condado También la jueza de Primera Instancia e Instrucción del número 1, Virginia Sesma Mauleón dictó recientemente un auto en ese sentido para la causa por delitos contra los Derechos de los Trabajadores, también sin haber escuchado escuchado el testimonio de las mujeres denunciantes ni valorado otras pruebas aportadas.
Sesma si que comenzó un interrogatorio -mediante videconferencia- a una de las diez mujeres, quien hizo referencia al incumplimiento de unas condiciones de trabajo de las cuales no tenía justificación documental alguna, al no haberle sido entregado en origen copia del contrato que firmó, manifestando no haber firmado un nuevo contrato en España. Igualmente refirió un trato vejatorio por parte de “Juan”, indicando que "aunque no sabe español pensaba que eran insultos porque esta persona gesticulaba mucho con las manos". Que Juan "los trataba como esclavos, sin permitirles ningún tipo de descanso".
Además relató unos hechos "que no habían sido presenciados por ella pero que le habían explicado otras trabajadoras de su nacionalidad". Hechos ocurridos a varias trabajadoras en la finca, donde "la Policía no dejaba salir a ningún trabajador; que las querían subir en autobuses para llevarlas a Marruecos; que "la Policía y los dueños de la empresa las perseguían, pero lograron escaparse unas diez personas". La declaración no pudo continuar "por problemas técnicos derivados de la utilización del sistema de videoconferencia", como explica la propia jueza en su auto de sobreseimiento provisional.
Las otra nueve mujeres no han sido escuchadas por Sesma. La magistrada sí ha admitido los testimonios propuestos por la empresa. También ha dictado el “sobreseimiento provisional” de la causa. Y las Temporeras contra la esclavitud también van a recurrir esa decisión ante la Audiencia Provincial
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