Martes, 3 de agosto de 2021. El Juzgado de lo Social n.º 2 de Almería ha dictado sentencia, a instancia del Conflicto Colectivo planteado por los miembros del comité de empresa de EUROSOL, reconociendo el derecho de los trabajadores eventuales y fijos-discontinuos «a disfrutar de sus vacaciones proporcionadas a la duración de la campaña o el contrato (según el caso)» sin posibilidad de que las mismas se prorrateen dentro del salario/hora o del salario devengado en base al contrato. Igualmente, la sentencia del tribunal establece que las vacaciones y el mes de disfrute ( o la parte proporcional que corresponda) deben ser tomadas durante el periodo trabajado.
El fallo judicial establece y determina que para los trabajadores eventuales, en el caso de que no hubiera existido la posibilidad de disfrutar de las vacaciones durante la campaña, les sean abonadas económicamente.
En la misma sentencia se establece que «20 de los treinta minutos que median entre el horario de mañana y de tarde, se han de considerar como tiempo de descanso retribuido de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del convenio del campo de Almería».
El fallo judicial, que estima en su totalidad la demanda por conflicto colectivo presentada por los miembros del comité de empresa y del Sindicato Andaluz de Trabajadores y Trabajadoras (SAT – Sindicato de Obreros del Campo), razona y fundamenta en derecho los diversos acuerdos alcanzados entre la representación unitaria de los trabajadores y la empresa EUROSOL.
Desde el SAT-SOC se considera «enormemente positiva» esta sentencia, que viene a reconocer el derecho real al disfrute vacacional y que establece los 20 minutos de descanso, materias por las cuales el Sindicato Andaluz lleva años «peleando» en el sector agropecuario almeriense, y en las que la sección sindical del SAT-SOC en EUROSOL «ha sido una delegación pionera».
Según fuentes del propio SAT-SOC, «esta sentencia abre la puerta al reconocimiento definitivo en todo el sector agropecuario y en el del manipulado almeriense de unos derechos como son el de las vacaciones pagadas y el descanso para el bocadillo».
A la espera de estudiar más detenidamente esta sentencia, el Sindicato Andaluz se felicita por una resolución judicial «que viene a reconocer un trabajo incesante por parte de los miembros del sindicato en los distintos comités de empresa, así como de sus secciones sindicales y afiliados por un reconocimiento efectivo de los derechos en el campo almeriense que equipare al colectivo de trabajadoras y trabajadores del sector agropecuario con el resto, acabando con una insultante y evidente discriminación que hoy comienza a desaparecer».
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