Martes, 16 de julio de 2024. La irrupción de partidos de ultraderecha con presencia institucional ha ido haciendo que cuestiones como la extranjería se conviertan en un arma arrojadiza que los partidos liberales no han sido capaces de neutralizar.
La reciente aprobación del Pacto de Migración Europeo es una buena prueba de ello.
En España, la presencia institucional en parlamentos y gobiernos autonómicos hasta hace pocos días del partido de extrema derecha Vox ha puesto en evidencia la falta de solidaridad territorial con respecto a la inmigración.
La razón (confesada) de la ruptura de los acuerdos de gobierno en las cinco autonomías en las que gobernaba con el Partido Popular ha sido el reparto de los menores extranjeros que han llegado solos a España y que no pueden ser repatriados, conforme al procedimiento que se regula en el artículo 35 de la Ley de Extranjería. Las declaraciones de algunos dirigentes, llenas de xenofobia y racismo, ignoran por completo los derechos de estos niños.
Competencia de las autonomías
La protección de menores es competencia de las autonomías (art. 148.1.20 de la Constitución española). Cuando un menor llega solo a España, la comunidad autónoma donde se encuentra es la que tiene que poner en marcha el procedimiento que garantice su protección. Primero se intenta su repatriación si es posible encontrar a su familia en el Estado de origen o el Estado del que procede puede hacerse cargo de su protección, pero si esto no es posible, se le debe declarar en situación de desamparo y la comunidad en la que se encuentre debe asumir la tutela.
Desde ese momento, la situación de extranjería pasa a un segundo plano y lo relevante es proporcionar los cuidados y asistencia que necesita todo menor. El problema es que en estos momentos en Canarias hay en torno a 5 500 menores extranjeros no acompañados; sus recursos asistenciales están superados y por ello ha solicitado ayuda para que el resto de comunidades asuma un reparto de los menores a los que su sistema de protección no puede atender, de manera que puedan ser trasladados y tutelados por otras comunidades autónomas.
El apartado 12 del artículo 35 de la Ley de Extranjería dispone que “las comunidades autónomas podrán llegar a acuerdos con las comunidades autónomas donde se encuentren los menores extranjeros no acompañados para asumir la tutela y custodia, con el fin de garantizar a los menores unas mejores condiciones de integración”.
Se basa, por tanto, en un voluntarismo que hasta ahora se ha manifestado insuficiente. El pasado 10 de julio, en una reunión de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia en Tenerife, se logró asumir un reparto de 347 niños entre comunidades autónomas, reparto claramente insuficiente y que no ha estado exento de fricciones tanto por los gobiernos autonómicos del Partido Popular como por el gobierno de Cataluña.
La posible reforma de la Ley de Extranjería
Ante esta situación, el Gobierno pretende modificar la legislación para que el reparto sea obligatorio cuando una comunidad supere el 150 % de su capacidad. Para ello ha habido un acuerdo entre los grupos parlamentarios de PSOE, Sumar y Coalición Canaria, que están promoviendo una reforma de la Ley de Extranjería para hacer obligatorio el reparto de estos menores.
Ya tuvimos un precedente de colapso en el sistema de protección de menores en Ceuta en mayo de 2021, ante la llegada de un número importante de menores no acompañados procedentes de Marruecos. En aquella ocasión, el Ministerio del Interior y Ceuta quisieron solucionar esta situación de la peor manera, como así lo atestiguado el Tribunal Supremo, en reciente sentencia.
Respeto a los compromisos internacionales
En realidad, estamos ante una cuestión de solidaridad territorial entre Comunidades autónomas, de un lado y, de otro, de compromiso, como Estado, en el cumplimiento de las obligaciones que España ha asumido por ser parte de los instrumentos internacionales de derechos humanos, entre ellos, el Convenio de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. Un reparto equitativo de estos menores es necesario para que se vean respetados sus derechos.
Entidades sociales como la Fundación Raíces consideran que la reforma que se lleve a cabo “debe ir de la mano de un fortalecimiento de los sistemas de protección y del impulso de otras formas de acogimiento, alternativas a la institucionalización y ya contempladas en la ley, como los acogimientos familiares o en recursos de base familiar y comunitaria de entidades privadas”.
En este sentido, esta reforma debería suponer un reto y una oportunidad para mejorar los sistemas de protección de menores, que hay que asumir desde el respeto a nuestros compromisos internacionales.
Es importante hacer hincapié en esto, ya que en un Estado social y democrático de derecho como es España existen principios y valores que, si se ponen en cuestión, dejan fuera del juego democrático a quienes lo hagan.
El racismo topa de forma frontal con el sistema. Comprobar cómo un partido político ha plagado todo su discurso de racismo genera frustración. La sociedad española merece mucho más.
Antonia Durán Ayago es Licenciada y Doctora en Derecho por la Universidad de Extremadura con Premio Extraordinario (2004). En la actualidad, es Profesora Titular de Derecho internacional privado en la Universidad de Salamanca. Ha publicado dos monografías, La protección internacional del menor desamparado: régimen jurídico (Colex, 2004) y La protección de las pymes en el comercio internacional: propuestas de regulación (Atelier, 2008). Es coautora de los siguientes libros: Guía Legal Práctica de Extranjería (con Beatriz L. Carrillo Carrillo), Editorial Comares, diciembre 2006; Curso de Nacionalidad y Extranjería (con Javier Carrascosa González y Beatriz L. Carrillo Carrillo), Editorial Colex, 1ª edición, 2007 y 2ª edición, 2008 y Aplicación práctica del Derecho internacional privado: casos y soluciones (con Pilar Maestre Casas, María del Mar Velázquez Sánchez y Renata Álvares Gaspar), Editorial Ratio Legis, 2007, 2ª edición, 2010, 3ª edición, 2011 y 4ª edición, 2015.
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