Sábado, 19 de junio de 2021. La guerra de Siria, a pesar de haber pasado a un segundo (o más lejano) plano con la pandemia, nos ha acercado un término que parecía no existir hasta hace poco: refugiados. Sin embargo, no sabemos mucho de la realidad de estas personas, de por qué están aquí y de lo difícil que es quedarse, y aún más vivir en España.
Según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), hay 26 millones de personas refugiadas en el mundo. En 2018 (último año del que consta información), llegaron a Europa a través del Mar Mediterráneo 116 647 personas. España, Italia y Grecia son los países con más recepción de inmigrantes y refugiados debido a factores geopolíticos mixtos.
En España, según la publicación anual sobre Asilo en Cifras, perteneciente a la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior (2021), durante 2020 se formalizaron 88 762 solicitudes, de las cuales el 53,03 % fueron presentadas por hombres y el 46,97 % por mujeres. Esto supone una disminución del 25 % respecto a las 118 264 solicitudes registradas en 2019, una bajada, sin duda, provocada por la pandemia.
Además, si tenemos en cuenta los países de origen, Siria no está este último año entre los primeros. Venezuela (con el 31,96 % de las solicitudes) y Colombia (con el 31,07 %) lideran los países de origen de los solicitantes de protección internacional en España, seguidos de Honduras (con el 6,24 %), Perú (con el 5,82 %) y Nicaragua (con el 4,22 %).
Por qué están aquí
Aunque, como hemos visto, los refugiados sirios no son el prototipo de la mayoría de nuestros refugiados (o protegidos) en España, sí que nos dan una idea clara y correcta: los refugiados son personas que están obligadas a escapar de su país.
Los motivos para salir de un país pueden ser diversos: pobreza, ayudar a la familia, buscar un trabajo, reunirse con familiares, catástrofes naturales, guerra o persecución. Sin embargo, solo se considera la Protección Internacional cuando existe una violación grave de los derechos humanos o un riesgo real de sufrirla, y el estado del que la persona es nacional es incapaz de dar esta protección o es el propio perseguidor.
Cuando se reúnen todas estas condiciones, nace la obligación del segundo estado de otorgar esta protección, según la Ley Internacional de Asilo que tiene su origen en la Convención de Ginebra de 1951.
Mientras que el procedimiento de Protección Internacional de estas personas solicitantes no sea resuelto, se les garantiza un territorio seguro y la no devolución a su país.
Es difícil quedarse
Las cifras de resoluciones resueltas dicen que solo el 22,90% de las solicitudes presentadas se resuelven como favorables. Así, de las 88 762 solicitudes del pasado 2020 solo fueron favorables 5 758 (frente a 68 435 desfavorables).
Estas resoluciones favorables pueden ser de dos tipos: la concesión del estatuto de Refugiado o la concesión de la Protección Subsidiaria.
La primera supone el reconocimiento de fundados “temores a ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a un determinado grupo social, de género u orientación sexual”.
La segunda se concede cuando el solicitante “corre un riesgo real de sufrir daños graves en caso de regresar a su país de origen”, incluyendo una condena a muerte, tortura o tratos inhumanos o degradantes, amenazas graves contra su vida.
El procedimiento hasta la resolución tampoco es sencillo. Para empezar, es imprescindible solicitarlo dentro del primer mes de estancia en España, probar con documentos el riesgo real de esos daños y tener la documentación del país de origen que pruebe su nacionalidad (lo que no es nada fácil teniendo en cuenta que en la mayoría de las ocasiones han escapado en circunstancias extremas).
A esto se une que estas personas llegan con un estado de salud mental lamentable debido a las experiencias traumáticas vividas, con una salud física también muy resentida y que necesitan con frecuencia un mediador cultural para acercar ambas realidades, más allá de la traducción en los casos que se requiera.
Por supuesto, queda fuera de estas solicitudes cualquier persona de la que se pruebe que ha cometido delitos contra la paz, la humanidad o de guerra, delitos graves o que sea culpable de actos contrarios a los fines y principios de las Naciones Unidas.
Cómo sobrevivir
La Protección Internacional solo incluye el derecho a quedarse en España, pero no garantiza trabajo ni vivienda, por lo que la siguiente pregunta para las personas refugiadas es cómo sobrevivir.
Un factor fundamental de la integración de los individuos con Protección Internacional en España lo constituimos las personas autóctonas, es decir, quienes somos españoles de origen, dado que nuestra percepción sobre ellos determinará nuestras actitudes y definirá un comportamiento justo e igualitario para con ellas y ellos, y por lo tanto, el acceso a cualquier tipo de recurso (alquiler de vivienda, empleo, etc.).
Ya que todas las personas refugiadas o con protección subsidiaria son inmigrantes, merece la pena considerar que en el último informe sobre discriminación de personas inmigrantes y refugiadas se señalaba que en 2015 (último año del que se dispone de datos) hubo 505 casos de racismo y xenofobia, de los cuales solo un 44,2 % se habían esclarecido.
Cuando se pregunta a las personas españolas sobre si tienen empatía hacia los refugiados, resulta sorprendente encontrar que solo el 52 % contesta afirmativamente. Además, el 28 % responde que la recepción de inmigrantes puede afectar al trabajo propio o de familiares y el 75 % que también puede fomentar el racismo.
Estos datos van en la misma línea que los que expone el Informe del CIS sobre la Percepción de la Discriminación en España de 2016, que muestra que casi el 34,2 % de las personas aprueban que a igualdad de formación y experiencia se contrate siempre a alguien nacido en España.
Esta situación laboral es particularmente complicada para las mujeres, que son objeto de una doble discriminación: por ser inmigrantes y por ser mujeres. De hecho, 6 de cada 10 mujeres inmigrantes están empleadas en trabajos domésticos como cuidadoras, limpiadoras y camareras, ocupaciones a menudo muy por debajo de su nivel de estudios, y su jornada laboral media es de 8’3 horas diarias.
De las mujeres inmigrantes, el 31 % han sufrido discriminación en el ámbito laboral, según el estudio de la situación laboral de la mujer inmigrante en España.
Si nos centramos solo en las actitudes hacia las personas refugiadas, no hay apenas estudios, pero los que hay señalan que estas actitudes no son muy positivas dada la percepción de una “amenaza simbólica a nuestra cultura”. Por supuesto, esta razón es más una percepción subjetiva basada en nuestro prejuicio que en hechos y datos reales.
Quizá muchas de las personas que estén leyendo esto piensen que no son racistas y que los refugiados merecen los mismos recursos que los demás. Sin embargo, ¿piensan que realmente se trata de personas excluidas? Pues sí, sí que lo son.
Solo basta con reflexionar sobre los tres índices de inclusión/exclusión que propone este informe del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social: la convivencia (dónde viven, si hay procesos de segregación en guetos, barrios o grupos de viviendas), la educación (en qué proporción y dónde se mezclan los y las menores refugiados y autóctonos) y los matrimonios mixtos, como máximo índice de asimilación o integración. La combinación del resultado de estos tres factores nos presentará claramente, al menos por el momento, que las personas refugiadas están excluidas socialmente.
Desmentir los estereotipos
Ya sabemos que los estereotipos son creencias sobre un grupo social que, al definir a una gran cantidad de personas, resultan falsas. Los estereotipos sobre los individuos inmigrantes y refugiados son fundamentalmente cinco: que traen enfermedades, que aumentan la criminalidad, que son terroristas infiltrados, que cobran más subsidios del Estado que las personas autóctonas y que son responsables de la islamización de Europa. Estos estereotipos no son verdad y se pueden fácilmente desmentir atendiendo a cifras, tal y como esclarece la Agencia de la ONU para los Refugiados.
Conociendo un caso
Una de las mejores herramientas tanto para conocer la realidad y desmentir estereotipos y prejuicios como para desarrollar nuestra empatía es conocer un caso real. Así que aquí les presento a Nelly, una refugiada venezolana, en un vídeo donde nos cuenta su experiencia. Ojalá ayude a muchas personas a ver esta realidad de una forma distinta.
Beatriz Montes-Berges es Psicóloga y Criminóloga y doctora en Psicología Social desde el año 2002. Es profesora titular de Psicología Social en la Universidad de Jaén. Lleva trabajando desde el año 1997 en Prejuicio y Discriminación, participando y dirigiendo numerosos proyectos de investigación sobre el tema. Actualmente, coordina un proyecto europeo sobre violencia de género, personas inmigrantes, refugiadas y solicitantes de asilo.Sus contribuciones en materia de igualdad y los procesos cognitivos que explican la discriminación son muy numerosos tanto en artículos como en comunicaciones y ponencias en congresos, así como en los libros y capítulos de libro que ha escrito. Ha dirigido varios proyectos y dirigido 2 tesis doctorales sobre este tema. Actualmente dirige 4 tesis doctorales que versan sobre género, roles y estereotipos, aunque con distintos enfoques. Ha participado en la elaboración y evaluaciones de los Planes de Igualdad de la Universidad de Jaén. Ha sido docente de cursos para el alumnado en materia de género, incluyendo lenguaje igualitario y no sexista, y sobre violencia de género.
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