Matrimonios infantiles forzados: una pesadilla aún para millones de niñas

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por Eva Díaz Peral

¿Sabía que 650 millones de niñas y mujeres en el mundo se casaron antes de cumplir los 18 años? Aunque a nivel mundial la incidencia del matrimonio infantil está disminuyendo, según UNICEF cada año cerca de 12 millones de niñas contraen matrimonio antes de celebrar su 18 aniversario.

Las tasas de matrimonio infantil son especialmente elevadas en África Subsahariana y Asia Meridional. Le siguen América Latina y el Caribe, Oriente Medio y África del Norte y Europa Oriental y Asia Central. En EE UU también hay casos.

Los matrimonios infantiles se consideran “prácticas culturales o tradicionales perjudiciales”, junto con la mutilación genital femenina, el infanticidio femenino y la selección prenatal del sexo, la violencia relacionada con la dote, los ataques con ácido, los crímenes cometidos en nombre del honor y el maltrato de las viudas.

Estas prácticas involucran a la familia y a la comunidad (muchas son llevadas a cabo por mujeres), y cuentan en muchos lugares del mundo con la complacencia de los Estados.

Una práctica con un componente de género

Las prácticas nocivas tienen un claro componente de género, al tener una relevancia desproporcionada y negativa sobre las mujeres y niñas; y aunque el matrimonio forzado afecta a mujeres de todas las edades, el mayor número de casos concierne a niñas y adolescentes menores de 18 años.

Los matrimonios infantiles constituyen una de las expresiones más antiguas y persistentes de desigualdad entre el hombre y la mujer, así como una manifestación de violencia contra ella.

A esto hay que añadir que estas jóvenes suelen padecer otras formas entrecruzadas de discriminación que hallan sus raíces más profundas en los estereotipos de género. También en las situaciones de especial vulnerabilidad a la violencia que se derivan de su raza o etnia, de su condición de migrante o desplazada, de su situación económica desfavorable, o porque simplemente les ha tocado nacer o residir en países sumidos en conflictos.

Consecuencias devastadoras

Las consecuencias de un matrimonio infantil son devastadoras para el desarrollo de una vida humana digna y para la autonomía de las mujeres y niñas, de manera que estas prácticas contribuyen a socavar la función de la mujer en la sociedad.

No hay duda de que es muy probable que una niña, interrumpidas su infancia y adolescencia por el matrimonio forzado y el embarazo precoz, sufra violencia física y abuso sexual dentro de la pareja, o que padezca abusos por parte de la familia del marido.

En fin, una niña obligada a contraer matrimonio se verá impedida para el desarrollo de su máximo potencial, en la medida en que se le deniega su derecho a la educación, se eliminan las posibilidades de acceso al empleo, se degrada su salud sexual y reproductiva y, en definitiva, su integridad física y mental.

Además, los matrimonios en una edad temprana tienen también efectos perniciosos y constituyen una barrera para el desarrollo económico y el progreso social de las comunidades y países.

Precisamente, el impacto económico negativo del matrimonio infantil y sus costes asociados han sido analizados en el marco de un proyecto desarrollado conjuntamente por el Banco Mundial y el Centro Internacional de Investigaciones de la Mujer.

Durante décadas, la carencia de datos suficientes, la falta de registros de matrimonios y la ausencia de denuncias e investigaciones provocaron que esta práctica nociva cayera en el más absoluto ostracismo.

Faltan estadísticas

Aunque esta manifestación de violencia contra la mujer está siendo objeto de una investigación cada vez mayor, tanto en el plano estatal como en el ámbito internacional, se echa en falta la elaboración de estadísticas desglosadas por edades, sexos y etnias sobre la incidencia de los matrimonios forzados de mujeres y niñas.

La acción efectiva para luchar contra esta práctica tiene que ir dirigida, primero, a especificar en las legislaciones nacionales que la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años y asegurar el registro de cualquier matrimonio ante una autoridad competente.

En España, han sido infructuosos los intentos de elevar la edad para contraer matrimonio a los 18 años, a pesar de las repetidas críticas vertidas contra este país por el Comité de los Derechos del Niño.

Pero, además, es preciso comprender la dimensión compleja de este fenómeno, que hunde sus raíces en el problema de la desigualdad estructural entre hombres y mujeres en muchas comunidades, y atacar sus causas.

En definitiva, el legislador tiene la oportunidad de eliminar los estereotipos que perpetúan la discriminación, así como las prácticas culturales que afectan al bienestar, dignidad y desarrollo de las niñas y adolescentes.

Pero las medidas legales no son suficientes por sí solas para prevenir y erradicar la práctica del matrimonio infantil, ni tampoco son las más eficaces. La lucha para combatir esta práctica requiere un enfoque integral, así como la puesta en marcha de una amplia gama de políticas de protección de las víctimas, como ya se está haciendo, por ejemplo en el Reino Unido. En Europa, los poderes públicos deben disponer de instrumentos variados para impedir que una niña residente en un Estado europeo sea forzada a contraer matrimonio.

Y son de suma importancia las campañas de sensibilización, puesto que el respeto a los derechos humanos de las mujeres y niñas no puede lograrse sin la implicación de los hombres y niños, así como de las comunidades que las practican.

No puede ser aceptado como “tradición”

En pleno siglo XXI, el matrimonio infantil no puede ser aceptado como “tradición”. El respeto al principio de igualdad y no discriminación y la protección del interés superior del menor, valores que gozan de un alto reconocimiento en el plano internacional, han de ser tenidos en cuenta y deben guiar la actuación de los poderes públicos en la prevención y erradicación de esta práctica nociva, así como en la adopción de medidas específicas y multidisciplinares para combatirlo.

De esta forma se dará cumplimiento a la meta tercera del Objetivo 5 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que contempla, de manera contundente, la eliminación de las prácticas nocivas como son la mutilación genital femenina y el matrimonio infantil, precoz y forzado.

Eva Díez Peralta, Profesora Titular de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales, Universidad de Almería. Ha realizado estancias de investigación en el Instituto de Estudios Europeos de la Universidad Libre de Bruselas, el Instituto Universitario Europeo de Florencia, la Biblioteca del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la Biblioteca del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Sus trabajos de investigación han profundizado en las relaciones económicas exteriores de la Unión Europea, en especial con los países del Mediterráneo, línea de investigación iniciada con la tesis doctoral y que ha seguido desarrollando en trabajos más recientes. Es autora del libro El comercio de productos agrícolas entre la Unión Europea y Marruecos (2005), de algunos artículos publicados en la Revista de Derecho Comunitario Europeo y en la Revista General de Derecho Europeo, y de otras colaboraciones en formas de capítulo de libro.

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