Los magistrados ven como «defecto insubsanable» del escrito su carencia de «trascendencia constitucional».
El Tribunal Constitucional ha inadmitido a trámite el recurso de amparo presentado por la defensa de los cinco miembros de La Manada, condenados por un delito de violación por el Tribunal Supremo.
En una providencia dictada el pasado mes de noviembre y que no ha trascendido hasta ahora, el Constitucional considera que el recurso no planteaba supuesto alguno que tuviera relevancia constitucional, ya que estima que los motivos alegados no tenían consistencia para considerar que había que entrar en el fondo del asunto.
La decisión la tomó una de las cuatro secciones del tribunal y no llegó a pleno, como sucede con los amparos a los que se atribuye una posible vulneración de derechos fundamentales. De este modo, los magistrados del Constitucional ni siquiera han entrado a estudiar el fondo del recurso que presentaron José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, Ángel Boza y Alfonso Jesús Cabezuelo, después de que el Tribunal Supremo incrementara a 15 años la condena inicial de la Audiencia Provincial de Navarra.
El abogado de los cinco condenados, Agustín Martínez, alegaba que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia de sus defendidos y que estos tampoco habían visto garantizado su derecho a la tutela judicial efectiva, sobre todo tras la decisión del Supremo de agravar las penas iniciales impuestas por la Audiencia de Navarra.
A pesar de esta inadmisión, los miembros de ‘La Manada’ ya han recurrido ante todas las instancias judiciales españolas, lo que les permite alegar ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
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