El carajal creado por el gobierno de Moreno Bonilla con la DANA y las ayudas a las entidades locales

Juan Moreno, presidente de la Junta de Andalucía
por Luis Escribano

 

Lunes, 2 de diciembre de 2024. Se ven venir los efectos negativos generados por la incompetencia y el ansia viva del gobierno andaluz del PP por vender a los ciudadanos su propaganda partidista, algunos de los cuales ya empiezan a salir a flote.

De todas las alternativas posibles para colaborar con las entidades locales ante una catástrofe natural, el gobierno andaluz ha elegido la peor de todas, la que menos se ajusta a los principios de buena regulación y, para colmo, la que restringe la autonomía local, mientras los responsables de la FAMP y del Consejo Andaluz de Gobiernos Locales se lo han tragado vergonzosamente sin pestañear.

No es de extrañar que, con la partidocracia instituida en España como sistema político, las normas y los acuerdos del gobierno andaluz hayan pasado los filtros de numerosas instituciones públicas, con informes vacíos de inteligencia y competencia profesional, y algunos repletos de baba por la sumisión al poder político.

Este artículo acredita los perjuicios producidos por el cúmulo de despropósitos del gobierno andaluz y su administración, así como por las demás instituciones públicas que han sido cooperadoras necesarias con sus silencios en los informes.

Que Juanma Moreno se haya erigido como el fiel defensor de la racionalización y simplificación administrativa, de la lealtad institucional y de la autonomía local, manda narices, cuando en este caso ha hecho todo lo contrario.

A lo único a lo que ha sido leal Moreno Bonilla es al voto del ignorante. Si después de leer este artículo, algún español sigue defendiendo que la gestión del PP en el gobierno andaluz es buena, sólo revelaría su sectarismo partidista o su ignorancia absoluta sobre política, gestión pública y la realidad de las administraciones andaluzas locales y autonómica.

Que el gobierno andaluz haya elegido la peor solución de todas es lo que suele pasar cuando la finalidad de los políticos no es actuar con eficacia, transparencia y eficiencia, muy necesario para proteger los intereses generales de la ciudadanía, sino buscar el voto mediante mensajes populistas para que la parte ignorante del pueblo entone con regocijo propagandístico el popular “qué buenos son, que nos llevan de excursión”.

Nadie pone en duda que, cualquier parlamento, gobierno y su administración (poderes legislativo y ejecutivo), tienen el deber de prevenir los posibles daños y actuar eficientemente ante catástrofes naturales (terremotos, inundaciones, incendios, etc.) que causen daños a bienes públicos (cauces, caminos rurales, infraestructuras públicas, etc.). El problema está en encontrar la manera óptima de hacerlo, el “cómo”; es decir, qué mecanismos adecuados hay que establecer para conseguir ese fin, maximizando la eficacia, eficiencia y transparencia, entre otros aspectos esenciales. Como deducirán tras leer este artículo, el gobierno andaluz ha elegido la peor alternativa: subvencionar a las entidades locales (en adelante, EELL). ¿Motivo? Es la más populista y productiva en votos, dada la ignorancia de la mayoría de los ciudadanos sobre estos temas.

Resulta indudable que lo más importante siempre es minimizar los posibles daños que pueda causar cualquier catástrofe natural mediante la prevenciónespecialmente a medio y largo plazo: presupuestos, planificación y ejecución urbanística, obras hidráulicas, actuaciones ambientales, organización eficiente del ejecutivo y su administración, etcétera. Sin embargo, el medio y largo plazo no resulta rentable a los partidos, porque no generan votos y, por este motivo, los marginan. Es decir, que la prevención no deja de ser una palabra usada como mera propaganda por los políticos de la partidocracia instituida en España en 1978, que sólo buscan resultados a corto plazoque suelen hacerlos coincidir con los ciclos electorales. Que sean corruptos no significa que sean tontos: para el mal, la imaginación en los partidos es máxima.

El cúmulo de despropósitos del gobierno andaluz, su administración y demás instituciones públicas integran algunos de los típicos elementos de una película de terror

Las películas de terror persiguen una tensión y sensación de inquietud, utilizando elementos tales como los silencios incómodos, música turbadora y los escenarios oscuros u opacos para que el espectador presienta lo inesperado, utilizando personajes o entes que causen daños físicos y psicológicos. Asimismo, persiguen que la impresión dure en el tiempo utilizando los miedos universales: lo desconocido, la pérdida del control, la muerte, etc.

Si uno observa los hechos acontecidos, con silencios incómodos en los informes, falta de transparencia, creación de cargas administrativas y financieras innecesarias (que lo pagarán los vecinos), altos cargos y empleados públicos que dañan con sus actuaciones a cualquier persona con sentido común, efectos negativos que perduran en el tiempo, etc., constata que se ha generado lo que precisa una película de terror, salvo la música, que la deberá elegir cada lector.

Si observamos la secuencia cronológica de los hechos, tres son los hitos principales acontecidos:

1º) Aprobación de una norma reguladora (Orden de 18 de febrero de 2023) para la concesión de subvenciones de forma reglada a EELL, con la finalidad de reparar daños en infraestructuras de titularidad pública local derivados del acaecimiento de fenómenos naturales o de otras necesidades extraordinarias. Este año se han convocado estas subvenciones mediante Resolución de 2 de mayo de 2024, aumentando el crédito dos veces, mediante Resoluciones de 27 de septiembre y 25 de octubre.

2º) Aprobación de otra norma (Decreto 277/2023, de 5 de diciembre) con la misma finalidad, que regula la declaración de situación excepcional para determinados municipios y “entidades locales autónomas” que resulten especialmente afectadas por el acaecimiento de fenómenos naturales adversos u otros supuestos de emergencia de protección civil o catástrofe pública que se estimen de especial gravedad, que conlleva la concesión de subvenciones excepcionales para actuaciones de restitución, reparación, especial conservación o limpieza, reposición a su uso propio o cualesquiera otras de carácter similar, que tengan como destino fundamental la recuperación y puesta en servicio de las infraestructuras e instalaciones públicas de titularidad local que estén destinadas al ejercicio de cualquier competencia local o a la prestación de los servicios públicos de su competencia.

Tanto este Decreto como la citada Orden debieron cumplir con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de forma que:

a) en virtud de los principios de necesidad y eficacia, la iniciativa normativa debe estar justificada por una razón de interés general y ser el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.

b) en virtud del principio de proporcionalidad, la iniciativa que se proponga deberá contener la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir con la norma, tras constatar que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los destinatarios.

c) en aplicación del principio de eficiencia, la iniciativa normativa debe evitar cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionalizar, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.

d) cuando la iniciativa normativa afecte a los gastos o ingresos públicos presentes o futurosse deberán cuantificar y valorar sus repercusiones y efectos.

Sin embargo, nada de esto se ha analizado. Y cuando digo nada, es nada. Los informes de la Secretaría General de Administración Local (en adelante SGAL) de adecuación a los principios de buena regulación son una oda a la incompetencia. No tienen más que leer los expedientes administrativos de las citadas normas, que pueden obtener aquí: Expediente de la Orden // Expediente del Decreto.

3º) Acuerdo de 5/11/2024 del gobierno andaluz, por el que se declara la situación excepcional prevista en la norma anterior por las incidencias producidas por el impacto de la depresión aislada a niveles altos (DANA) en Andalucía, entre el 29 de octubre y el 3 de noviembre de 2024, aprobando la cuantía global para dichas subvenciones en doce millones de euros para gestionarse por la consejería competente en materia de administración local, que es la SGAL. La cantidad máxima prevista (12 millones de euros) ha sido repartida entre 284 EELL supuestamente afectadas, y sorprendentemente hay importes máximos que coinciden para distintas EELL, como si los daños fueran idénticos. ¿No aterroriza la forma de manejar el dinero público?

Según el Decreto de 2023, este Acuerdo debía determinar una serie de aspectos esenciales. Por ejemplo, señalar el tipo de daños producidos en el ámbito territorial declarado, o la cuantía máxima de ayuda que podrá solicitar cada entidad local afectada distinguiendo cuando sea necesario las que deban ir destinadas a inversiones o a gastos corrientes.

Como el gobierno andaluz es muy aficionado a incumplir las normas, no hace ni una cosa ni la otra, creando con ello un grave problema de gestión, porque según el informe de la Dirección General de Presupuestos, la modificación presupuestaria realizada de los doce millones de euros se ha financiado con una partida (Deuda Pública) y se ha destinado al capítulo IV del Programa 81ª; es decir, que se han previsto los fondos sólo para financiar gastos corrientes, cuando también se necesita para inversión (capítulo VII). Por tanto, si varias EELL solicitan subvenciones para inversión, la Junta tendrá que realizarse más modificaciones presupuestarias, con la carga administrativa que conlleva. ¡Es terrorífico pensar en manos de qué personajes está el gobierno andaluz y su administración!

4º) Orden de 19 de noviembre de 2024, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de las EELL de conformidad con el Acuerdo de 5 de noviembre de 2024. Es decir, se dan cuenta de la chapuza que hicieron estableciendo en el Decreto un plazo de 10 días para que las EELL presentaran sus solicitudes, y el consejero José Antonio Nieto decide ampliarlo. Cuando perdura en el tiempo el dicho popular “las prisas son malas consejeras” no es por gusto. Más adelante comprenderán por qué lo apunto.

5º) Acuerdo de 26 de noviembre de 2024, del gobierno andaluz, con dos medidas aprobadas:

    • declaración de situación excepcional prevista en el Decreto 277/2023, por las incidencias producidas por la DANA en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, entre el 11 y el 15 de noviembre de 2024, aprobando una cuantía de 8 millones de euros para 263 EELL afectadas.
    • se amplía la relación de EELL afectadas por la situación excepcional declarada mediante el Acuerdo de de 5 de noviembre (se amplía con otras 37 EELL).

6º) En la misma fecha de 26 de noviembre, el gobierno andaluz aprueba la modificación presupuestaria que rectifica lo previsto en el expediente del Acuerdo de 5 de noviembre: como indicaba antes, se dan cuenta que muchas de las actuaciones son inversiones que deben subvencionarse con el capítulo VII, y no sólo con el IV como habían previsto.

¿De dónde salen tantos incompetentes y por qué los nombran en puestos claves de la administración andaluza? La pregunta es retórica, dado que la respuesta es evidente: la partidocracia.

El necesario análisis que la Junta debió efectuar y no hizo

Primer paso. Lo primero que tendría que haberse analizado, que es lo que haría alguien con conocimientos y profesionalidad, es el marco normativo. Y dentro de este marco debemos destacar el artículo 191 del Estatuto de Autonomía, que establece que las haciendas locales andaluzas se rigen por los principios de suficiencia de recursos para la prestación de los servicios que les corresponden y de autonomía, entre otros, que constituyen el verdadero fundamento de la financiación local. Esto incluye la autonomía presupuestaria y de gasto en la aplicación de sus recursos, así como de los ingresos de carácter incondicionado que perciban procedentes de los presupuestos de otras Administraciones.

Por otro lado, habría que analizar las competencias que tienen atribuidas cada nivel territorial (estatal, autonómica y local), pues serán las que determinen el rol de cada una de ellas, antes y después de una catástrofe natural.

Las EELL, de cuya “autonomía” presumen todos los partidos, aunque no la respete ninguno, tienen unas competencias limitadas, por lo que su campo de actuación se restringe a las mismas, contando para ello con sus propios recursos presupuestarios, humanos y materiales. Sólo en caso de no ser suficientes dichos recursos, podrían contar con la colaboración de los poderes públicos del Estado o de la Junta de Andalucía. ¿O acaso lo de la autonomía local” es sólo propaganda? Advierto de nuevo que sólo es una pregunta retórica, pues ya es sabido que, en esta partidocracia, los partidos gobernantes de las EELL siguen la consigna de la cúpula del partido respectivo de forma férrea, porque fuera del partido hace mucho frío (ley de hierro de la oligarquía).

Sin embargo, uno lee los expedientes de las normas aprobadas, y nadie ha analizado las distintas alternativas para que las EELL afectadas por las catástrofes puedan financiarse. ¡Qué silencio más incómodo! ¡Es terrorífico!

Por ejemplo, ¿le suena a alguien la PATRICA, que trataremos más adelante? ¿Y el “Fondo de Contingencia”? Hay determinadas EELL que cuentan con mecanismos presupuestarios para cubrir financieramente las actuaciones a realizar en caso de necesidades imprevistas, como ocurre con las catástrofes naturales. Según la normativa vigente, determinados municipios deben contar obligatoriamente en sus presupuestos con una partida, el “Fondo de contingencia”, precisamente creado para atender necesidades imprevistas, inaplazables y no discrecionales. Aquellos municipios para los que no sea obligatorio contar con dicho Fondo, pueden crearlo y reflejarlo en sus presupuestos (Capítulo 5), aunque puede modificarse esta regulación normativa y hacerla obligatoria y con una cuantía apropiada.

Lo sorprendente del asunto es que el propio gobierno andaluz menciona en el citado Decreto el Fondo de Contingencia de los presupuestos de la Comunidad andaluza (artículo 4), pero se olvidan de mencionar dicho Fondo de las EELL. ¡Aterrador!

María Luisa Ceballos (SGAL) y José Antonio Nieto (consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública)

Insisto, el silencio en los informes ha sido absoluto, incluidos los de la Secretaría General de Administración Local (SGAL) y demás órganos de la consejería que dirige José Antonio Nieto, los de la consejería de Economía y Hacienda (vaya ridículo el de la consejera Carolina España), el del Consejo Consultivo de Andalucía y el del Gabinete Jurídico. Pero el silencio más aterrador ha sido el de la FAMP y el Consejo Andaluz de Gobiernos Locales, que se han limitado a decir “no formula observaciones” o ni siquiera han contestado en plazo. ¡Qué terror con tantos silencios incómodos!

Por tanto, el gobierno andaluz, su administración y demás instituciones públicas han considerado como premisa con las citadas normas (Orden y Decreto) que ninguna entidad local cuenta con los recursos necesarios para hacer frente a una catástrofe natural, aunque sea la capital de una provincia o tenga más de 75.000 habitantes, o no se conozca previamente la gravedad y la estimación económica de los posibles daños. ¿Por qué? Obviamente, porque las citadas normas son fruto de una decisión partidista previamente adoptada, sin un mínimo e inteligente análisis técnico, pura propaganda para atraer a ignorantes vecinos-votantes. Y esto se evidencia con los informes de los expedientes de las citadas normas, que sólo intentan justificar la decisión política previamente adoptada, sin cuestionar nada, ni siquiera como una mera observación que los andaluces merecían con crecesque para eso pagan las nóminas de los informantes.

De hecho, lo primero que hizo el gobierno goebbeliano de Andalucía tras la DANA es vender a bombo y platillo que va ayudar a todas las EELL afectadas y así ponerse la medalla ante una mayoría ignorante del pueblo, sin distinguir que sean EELL grandes o pequeñosque tengan o no recursos suficientes para reparar los daños o que hayan tenido realmente daños graves.

Pero el miedo va en aumento al profundizar en los expedientes de las citadas normas y acuerdos del gobierno, constatando la verdadera finalidad de esta película de terror, con relación a las ayudas anunciadas por la DANA sufrida entre el 29 de octubre y 3 de noviembre: la Dirección General de Emergencias y Protección Civil firmó su informe al día siguiente de finalizar la DANA, el 4 de noviembre. Dicho informe trataba sobre las incidencias provocadas por la DANA, incluyendo una estimación económica de los daños detectados.

Y aquí se constata otro grave problema: según el Decreto, el informe de Protección Civil debía proponer la distribución del apoyo financiero entre las EELL afectadas en base a varios criterios, siendo uno de ellos el de la “Valoración económica de daños de instalaciones o recursos municipales, recibida en un plazo de diez días.

Sin embargo, agárrense, no sólo no aparece en su informe dicha propuesta de distribución, sino que ni siquiera esperó a los 10 días para valorar los daños económicoshaciendo el informe un día después y estimando “a ojo de buen cubero” el valor de los daños en 12 millones de euros, que supongo sería el importe previamente decidido en San Telmo para subvencionar a las EELL. Me imagino cómo pudo ser la aterradora escena: Antonio Sanz (consejero de Presidencia), por orden de Moreno Bonilla, llama a Carolina España (consejera de Hacienda) y le pregunta con cuánto dinero puede contar para regar a las EELL con dinero, que hay que dar buena impresión ante los ignorantes vecinos-votantes tras lo ocurrido en Valencia, y si hay que endeudarse, hágase. Una vez asegurados los 12 millones, aunque sea con deuda, Sanz le comunica a su Director General de Protección Civil que consten los 12 millones de euros como estimación económica de los daños. Si no fue así, sería algo similar.

Está claro que Juanma Moreno tenía prisa para acordar las ayudas económicas, para distinguirse de Sánchez y Mazón con la DANA de Valencia y vender su “producto” partidista y goebbeliano al día siguiente, el 5 de noviembre.

Sin embargo, lo lógico hubiera sido que, tras acontecer una catástrofe, las EELL analizaran si cuentan con los recursos necesarios (humanos, materiales y presupuestarios) para reparar los daños sufridos en los bienes de su titularidad. Una vez realizado esto, sería el momento, en su caso, de solicitar de forma justificada la colaboración de otras Administraciones para reparar dichos daños, que podría ser la subvención u otros mecanismos.

Esta insensata forma de regular la colaboración con las EELL y de proceder va a generar consecuencias económicas negativas para la ciudadanía

Pero la lógica y el sentido común brillan por su ausencia, y como la finalidad del gobierno andaluz no es otra que vender ante los ciudadanos que es muy diligente y eficaz para ayudar a las EELL afectadas, ha previsto que se conceda el dinero sin ese necesario y previo análisis que deberían realizar los municipios afectados¿Autonomía local? ¡Jajajajajajaja!

Y pregunto: ¿cómo ha realizado Protección Civil la estimación económica de los daños en unas pocas horas, con más de mil incidencias y la cantidad de bienes que parecen haberse afectados, y sin que hubiera transcurrido el plazo de 10 días que marca el Decreto? Esta insensata forma de regular la colaboración con las EELL y de proceder va a generar consecuencias económicas negativas para la ciudadanía, como se explicará más adelante. Con la DANA del 11 al 15 de noviembre rectifican su forma de proceder, y esperan que pasen los 10 días para elaborar el informe, fechado a 25 de noviembre (alguien debió descubrir que se estaba incumpliendo la normativa).

Pero no finalizan aquí los aterradores disparates. El preámbulo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5/11/2024 menciona el citado informe de Protección Civil de la Junta de Andalucía, y señala, en base al mismo, que los daños producidos “se encuadrarían en el artículo 8 del Decreto 277/2023, de 5 de diciembre, ya que se han producido daños extraordinarios en infraestructuras e instalaciones por los fenómenos naturales adversos, y casi todas están destinadas al ejercicio de las competencias locales o a la prestación de servicios públicos de su competencia, por lo que esos daños son susceptibles de ser subvencionados”.

Observen que el gobierno andaluz afirma que casi todas las infraestructuras e instalaciones dañadas están destinadas al ejercicio de las competencias locales, aunque el informe de Protección Civil no lo dice expresamente. Es más, uno lee el informe de citado de 4/11/2024, y no hay forma de deducir lo que dice el Consejo de Gobierno. De hecho, lo que se deduce es que muchas de las incidencias puestas de manifiesto afectan a bienes privados (vehículos, viviendas, etc.) o a infraestructuras de titularidad autonómica, estatal o de las Diputaciones provinciales (carreteras provinciales). Y lo mismo ocurre con el informe de 25/11/2024 de Protección Civil, y, sin embargo, la Memoria Justificativa del Acuerdo de Consejo de Gobierno vuelve a decir que los daños en los bienes de titularidad local han sido “sensibles y extraordinarios”, sin relacionar cuáles son los bienes afectados.

De hecho, lo único que se destaca expresamente en el informe de Protección Civil de 4/11/2024 como incidencias de bienes de titularidad local son carreteras provinciales (las Diputaciones provinciales no pueden solicitar las subvenciones en base a dicho Decreto), el desplazamiento de estructura metálica de un colegio e inundación de un Pabellón deportivo en Roquetas de Mar, las goteras en un colegio de Prado del Rey, el derrumbe del techo de la piscina municipal y tapia del campo de futbol de Isla Cristina.

El gobierno andaluz, tras su última remodelación

Por tanto, ¿por qué miente el Consejo de Gobierno de Andalucía? Es evidente que casi todas las infraestructuras e instalaciones dañadas por la DANA según dicho informe no están destinadas al ejercicio de las competencias locales o a la prestación de servicios públicos de su competencia. Pero ya conocen la respuesta a esa pregunta retórica: la partidocracia o “Estado de partidos” instituido en 1978 permite mentir a los gobiernos, dado que el pueblo no puede exigirles responsabilidades, al no tener representantes en el Parlamento.

En el apartado quinto del citado informe de Protección Civil se hace una valoración estimada de todos los daños, que asciende a 12 millones de euros. Esta valoración incluye, supuestamente (nada dice), los daños a bienes privados (viviendas, vehículos, etc.) y a los bienes de titularidad estatal y autonómica, y al no justificarse cómo se hizo dicha valoración en tan corto plazo, ha de deducirse que se hizo “a ojo de buen cubero”.

Si esos 12 millones de euros incluye bienes privados y de otras Administraciones, porque nada dice a qué bienes corresponde, ¿por qué el gobierno andaluz ha repartido esa cuantía para subvencionar a las EELL? Del informe de Protección Civil se deduce que los bienes locales dañados no alcanzan dicha cifra, pero se han previsto en los presupuestos del Plan de Cooperación Municipal de la Junta para repartir los 12 millones de euros entre 284 EELL (ahora aumentado a 37 EELL más), esperando contentar a los vecinos-votantes que ignoran cómo funciona todo el sistema político y administrativo.

Pregunto, ¿la valoración de los 8 millones de euros en daños con la segunda DANA incluye también los daños a bienes que no son de titularidad local?

Segundo paso. Siguiendo con el análisis que el gobierno andaluz y su Administración no han realizado, una vez que se hubiera constatado qué EELL necesitan realmente la colaboración de la Junta de Andalucía, habría que estudiar las distintas alternativas para llevarla a cabo. Dicha colaboración podría efectuarse con medios propios de la Junta de Andalucía o con una colaboración financiera, en su caso.

Pues bien, en los expedientes de las normas no se justifica por qué se ha elegido la colaboración económica de la subvención como única alternativa. ¿Por qué es lo más fácil y tiene mejor venta entre los ciudadanos-ignorantes-votantes? Cualquier justificación cabe, dado que no existe, aunque algunos tengamos muy claro el motivo.

El cúmulo de despropósitos continúa

Pero no acaba aquí el cúmulo de despropósitos, sino que continúa. En el supuesto de justificarse la colaboración financiera como la solución óptima, se tendrían que haber analizado todas las alternativas: modificar la normativa de la PATRICA (Ley 6/2010), incrementar los fondos incondicionados de la PATRICA para nutrir el Fondo de Contingencia en los presupuestos de todas las EELL, anticipar fondos de la participación en los tributos del Estado y Comunidad de Andalucía (PIE y PATRICA, respectivamente), préstamos sin intereses, avales, subvenciones, etc.

Por poner un ejemplo, el Parlamento aprobó la Ley 8/2021 para financiar con fondos incondicionados a las entidades locales autónomas. ¿Qué impide modificar la ley 6/2010 que regula la PATRICA de los municipios y la citada Ley 8/2021 para incrementar los fondos incondicionados para cubrir esas situaciones de catástrofes por precipitaciones o inundaciones reiteradas anualmente? Nada, pero a lo mejor lo que no interesa al PP andaluz es vaciar de funciones a un órgano directivo como la Secretaría General de Administración Local, que podría ser perfectamente una Dirección General, como era antes. ¿Se convirtió en Secretaría General para pagar más sueldo a su titular? Ya conocen el dicho “piensa mal y acertarás”muy apropiado con el “Estado de partidos” o partidocracia instituida en España.

Para elegir la mejor alternativa, habría que aplicar los principios de buena regulación citados anteriormente, y deducir cuál es la alternativa más eficaz, eficiente y transparente, entre otros muchos principios a aplicar. Obviamente, las alternativas que generen más cargas administrativas y problemas de gestión deben descartarse. ¿Saben cuál ha sido la elegida por el gobierno andaluz? Efectivamente, la menos eficaz, menos eficiente y menos transparente.

Lo aberrante es que este hecho se menciona de pasada, por ejemplo, en la Memoria Justificativa del Decreto, una oda a la incompetencia de quien la firma: la Secretaria General de Administración Local, María Luisa Ceballos Casas. Observen que en dicha Memoria se mencionan algunos mecanismos de colaboración económica existentes en la Ley de Autonomía Local de 2010, como la PATRICA y los programas de colaboración para actuaciones singulares, pero sin explicar los motivos, los margina, y para justificar la idea predeterminada de la subvención excepcional acaba diciendo “sin embargo, ello no excluye la posibilidad de recurrir a alguno de los procedimientos puramente subvencionales”. Este motivo colará entre ignorantes e incompetentes, pero entre los que conocemos en profundidad cómo funciona este corrupto entramado político y administrativo, no cuela.

¿Qué impide incrementar la PATRICA o crear otro instrumento financiero sencillo para que todas las EELL aprueben su Fondo de Contingencia para estos acontecimientos imprevistos, sin necesidad de acudir a las subvenciones, y menos aún excepcionales? El problema es que dicha solución financiera, que es la alternativa que mejor se adecúa a los principios de buena regulación que establece la legislaciónno otorga votos, porque impide que el gobierno andaluz pueda anunciar su espléndida colaboración con las EELL cada vez que se produzca una catástrofe: ¡otorgamos millones de euros en subvenciones!, esperando ansiosos que el pueblo ignorante-votante entone el infantil “¡qué buenos son, que nos llevan de excursión!”

Tercer paso. Admitiendo “pulpo como animal de compañía”, es decir, que la solución de las subvenciones hubiera sido la mejor (que no lo es), ¿por qué elegir el procedimiento excepcional previsto en el citado Decreto? ¿Por qué esa prisa en conceder las subvenciones cuando para otras catástrofes se utiliza el procedimiento reglado (la Orden citada) y sin tener en cuenta esa premura? Es más que sabido que esas prisas sólo conllevan errores en las tramitaciones por parte de las EELL, por lo que la Administración de la Junta de Andalucía deberá denegar muchas ayudas. Además, se generarán reintegros de las subvenciones concedidas, con cargos e intereses, cuando las EELL no puedan justificar debidamente las subvenciones recibidas, como se explica y acredita a continuación.

La respuesta a la pregunta anterior es bien simple: el gobierno andaluz sólo trata de vender un producto partidista para generar votantes, no de gestionar bien el dinero público. En una democracia, esto nunca hubiera ocurrido, porque inmediatamente hubieran sido cesados altos cargos y diputados, perdiendo sus sillones.

Los graves efectos que ha producido el gobierno presidido por el incompetente Moreno Bonilla

Es preciso destacar los graves efectos que produce la colaboración económica a las EELL mediante la concesión de subvenciones, especialmente con el citado Decreto de diciembre de 2023, que viene a duplicar lo ya regulado en la citada Orden de febrero de 2023, pero agravándolo con subvenciones no regladas (excepcionales):

1º) Gestionar subvenciones excepcionales obliga a muchas EELL a movilizar recursos humanos competentes y recursos materiales que no tienen, provocando graves errores en la tramitación de las subvenciones que llevan al incumplimiento de la normativa. Pero no sólo afecta a las EELL, porque al tratarse de subvenciones imprevistastambién genera unas cargas administrativas extraordinarias al órgano competente de la Junta de Andalucía para gestionarlas y al órgano de control interno (la SGAL y la Intervención General, respectivamente), y todo ello sin haber previsto si cuentan o no con suficientes recursos humanos y si estos poseen la competencia adecuada para analizar las actuaciones debidamente (en muchos casos son proyectos de obras) y sus presupuestos.

Les adelanto que, por mi experiencia en gestión de subvenciones a EELL, ni la SGAL ni la Intervención General cuentan con personal funcionario técnico adecuado para analizar proyectos de obras u otras actuaciones (arquitectos, ingenieros, etc.) y si los presupuestos de tales proyectos, reflejados en las solicitudes de las EELL, se ajustan a la realidad de las actuaciones. Resulta obvio, por tanto, que lo que interesa al partido gobernante no es si se gestiona bien el dinero público, sino gastarlo como sea para vender a la ciudadanía que se ayuda a las EELL “por el bien” de sus vecinos-votantes. Si el gobierno andaluz pretende gestionar esas subvenciones antes de fin de año, como se ha comprometido, ha comprado todas las papeletas para que todo salga mal y el terror se adueñe de los ciudadanos.

Sin embargo, estas cargas administrativas extras ni siquiera han sido analizadas en los informes del expediente del citado Decreto. De hecho, dice el “informe” de valoración de cargas administrativas (una auténtica vergüenza), suscrita por la SGAL, que la Ley 6/2006 establece que procede “una valoración de las cargas administrativas derivadas de la aplicación de la norma para la ciudadanía y las empresas” y que “tampoco supone aumento o minoración de las cargas anteriores a la norma”.

Es decir, para la SGAL sólo existe la Ley 6/2006 en toda la extensa legislación española, y como esa ley específica silencia la posible afectación a otros afectados por la norma a aprobar, como ocurre en este caso con las EELL, ni siquiera analiza el impacto de dicha norma sobre las cargas administrativas y problemas que genera a las EELL y a la propia Administración de la Junta de Andalucía la aplicación de la ley de subvenciones cuando estas son excepcionales, que es de un enorme calado para las mismas, especialmente para las pequeñas EELL.

Pero no acaba aquí el colmo de la absurda argumentación empleada. Sabiendo la consejería a la que está adscrita las SGAL, así como el gobierno andaluz, que ya existía una norma reguladora para el mismo fin (orden reguladora sobre concesión de subvenciones para la reparación de daños en infraestructuras de titularidad pública local derivados del acaecimiento de fenómenos naturales o de otras necesidades extraordinarias), aprueban otra norma más para liar aún más a las EELL y aumentar las cargas administrativas no sólo a estas, como hemos explicado, sino también a la propia Junta que ha mantenido el mismo número de funcionarios (SGAL y la Intervención General que debe fiscalizar los expedientes) para tramitar las subvenciones reguladas con ambas normas y para el mismo fin que cuando sólo era para una norma reguladora.

¡Menos mal que el gobierno andaluz presidido por Moreno Bonilla pretendía racionalizar y simplificar la gestión administrativa…! Lo único que demuestra este hecho, una vez más, es que el verdadero fin del citado Decreto es vender la burra a los vecinos-ignorantes-votantes.

2º) Tramitar las subvenciones en los cortos plazos que el citado Decreto ha previsto, lo único que fomenta es el fraude, de forma que las EELL presentan sus solicitudes con argucias y engaños, dado que todas las EELL están siempre ávidas de pillar fondos económicos como seaaunque luego ni siquiera rindan las cuentas en plazo en su mayoría o ni siquiera las rindan durante años, dado que los partidos gobernantes persiguen ser reelegidos por encima de cualquier otro fin. Además, el tema se agrava porque saben que pueden solicitar fondos para una misma actuación a organismos de tres niveles territoriales distintos (la Diputación correspondiente, al Estado y a la Comunidad Autónoma) sin comunicarlo en las solicitudes de las subvenciones, porque los datos y documentos justificativos de las actuaciones para las que se solicitan subvenciones no se cruzan entre dichas Administraciones. Es decir, es prácticamente imposible comprobar el cumplimiento del artículo 6 del citado Decreto, que es un brindis al sol.

Los grupos parlamentarios de la oposición callados ante tanta incompetencia: son más de lo mismo

Si se conoce que las fechas de mayores precipitaciones en Andalucía se producen en otoño y primavera, ¿nadie ha pensado en el problema que se crea con la gestión de las subvenciones para daños ocasionados casi a finales de año si se pretenden pagar antes del cierre del ejercicio económico? Y los grupos parlamentarios de la oposición callados ante tanta incompetencia, dado que son más de lo mismo: sólo quieren pillar fondos en las EELL en las que gobiernan.

Es lo que está pasando con las dos DANA o gotas fría, dado que el cierre del ejercicio económico de 2024 es inminente. Si la solución pasa por nombrar interinos o autorizar horas extraordinarias al personal de la SGAL para gestionar más de 284 + 37 expedientes de EELL antes de fin de año, más otros 263 expedientes de EELL que se puedan incorporar con la segunda DANA, sabiendo que entre ese personal hay algunos que no cuentan con ninguna experiencia en tramitación de subvenciones o con la formación necesaria para analizar proyectos financiados con gastos corrientes e inversiones de las EELL, se han comprado todas las papeletas para que todo salga no mal, sino peor que mal. Lo veremos pasado un tiempo…

No le den vueltas, porque esta es la única realidad: los partidos no apoyan ni fomentan la autonomía local, sino que utilizan a las EELL para obtener réditos electorales. Es la esencia de la partidocracia instituida en 1978. Que los vecinos de las EELL afectadas tengan que pagar el fraude en subvenciones de las EELL que fomenta el gobierno andaluz, o pagar los recargos e intereses por la pésima gestión de los gobiernos locales y sus administraciones, una realidad constatada e incuestionable que ocurre con las subvenciones, es lo que menos importa en este “Estado de partidos” o partidocracia. ¿Pruebas? Los numerosos informes de la Cámara de Cuentas sobre el sector local, la jurisprudencia y los artículos publicados en este diario sobre la gestión y corrupción de las administraciones locales y sus gobiernos.

Tengan en cuenta que a los partidos no les importa que los presupuestos de las EELL no se cumplan por la aparición de gastos imprevistos como esos recargos e intereses que originan los reintegros de subvenciones, porque ya inventarán algo para aumentar la financiación de las EELL que esos mismos partidos gobiernan, creándose un círculo vicioso de “aumento de tributos y financiación de EELL” que evidencia la corrupción sistémica.

3º) El artículo 8.2 del citado Decreto obliga a las EELL a realizar las actuaciones subvencionables a través de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público, incluyendo la forma directa cuando así lo permita la referida legislación.

Sin embargo, no hay más que ver los informes de la Cámara de Cuentas de Andalucía sobre la contratación de las EELL, o el informe sobre el no envío de la información de los contratos de las EELL a la citada Cámara para comprender el grave problema que genera el gobierno andaluz con las subvenciones concedidas mediante la Orden o Decreto citados, porque cualquier irregularidad en las contrataciones que realicen las EELL incumpliría la legislación de subvenciones y no podría subvencionarse. Por ello, cuando las EELL tienen que justificar las subvenciones, muchas deben reintegrarlas con intereses y recargos, por no cumplir la normativa de contratación, reintegros con intereses y recargos que deberán pagar los vecinos, que ignoran todo este aterrador disparate.

4º) Los incumplimientos de la legislación sobre subvenciones conllevan la obligación de reintegrar los importes concedidos, con recargos e intereses. Con el peculiar procedimiento previsto en el Decreto del gobierno andaluz, ese será uno de los resultados más gravosos para las EELL y de cargas administrativas para la Administración de la Junta de Andalucía. De hecho, no tienen más que leer, por ejemplo, el artículo que publicó El Libre el pasado 10 de julio: Más de cincuenta ayuntamientos andaluces deberán reintegrar 1’24 millones de euros de ayudas recibidas”.

Advertidos quedan los vecinos de las EELL afectadas y el resto de andaluces con esta película de terror, ante la que tiene dos opciones: mirar hacia otro lado para no verla, o luchar para cambiar el sistema partidocrático por una democracia. La primera sólo trae corrupción sistémica, y la segunda lograría una España que evolucionaría hacia cotas positivas que son inimaginables para muchos ignorantes o despreocupados.

Todo este cúmulo de despropósitos no son más que efectos de un sistema político que sólo lleva al poder a los más incompetentes de nuestra sociedad, un sistema en el que la corrupción es un factor de gobierno, que nos lleva a la ruina, y no sólo económica: el “Estado de partidos” o sistema partidocrático instituido en 1978.

No será por falta de advertencias…

@13mescribano // Facebook de Luis Escribano

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