¿Por qué hace falta un servicio de justicia restaurativa en Andalucía?

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por Jorge Ollero

Cuando hablamos de servicios públicos, siempre solemos referirnos a la Sanidad y la Educación, los cuales, sin duda, son dos pilares básicos de los Estados de Bienestar. Sin embargo, hay otro servicio público imprescindible para el correcto funcionamiento de las sociedades democráticas avanzadas: el servicio público de Justicia. Los juzgados y todo lo que les rodea (fiscalía, policía, prisiones) son piezas fundamentales en la vida social, al resolver los conflictos de una manera civilizada, dando la razón a quien la merece según lo marcado en las leyes, e impidiendo la continuidad de los comportamientos que causan daños a la colectividad. La Justicia es, por tanto, un servicio público esencial, aún más básico que la Sanidad y la Educación, en el sentido de que hace de correa de transmisión del resto de sistemas, permitiendo que fluyan, si todo va bien, o haciendo que se atranquen, cuando hay un exceso de judicialización de la vida pública.

Con la Justicia Restaurativa se reducen los costes del sistema judicial y, al promover soluciones dialogadas, se aumenta el cumplimiento de las resoluciones.

Actualmente vivimos un tiempo en el que los servicios públicos pasan por dificultades para cumplir con los fines que esperamos de ellos. En general, las demandas sociales aumentan, mientras que los recursos públicos se antojan escasos. Queremos escuelas públicas cada vez mejores: que enseñen idiomas, fomenten el aprendizaje colectivo, eduquen en inteligencia emocional y en ingeniería robótica. Queremos una Sanidad que nos cure y nos cuide hasta los últimos días de una vejez cada vez más larga. Queremos, también, una Justicia que nos proteja eficazmente, que sea rápida, cercana, entendible y, cómo no, más justa. Y hacemos muy bien en querer conseguir una Educación, una Sanidad y una Justicia mejor.

El presupuesto social español y, por ende andaluz, está por debajo de la media de países europeos avanzados

Cuando analizamos cómo podemos mejorar estas instituciones esenciales, solemos decir que es necesario aumentar los recursos: construir más escuelas, hospitales y juzgados, contratar más docentes, profesionales sanitarios y judiciales. Es cierto que tenemos que aumentar la inversión en servicios públicos, porque el presupuesto social español y, por ende andaluz, está por debajo de la media de países europeos avanzados. Pero no solo se trata de gastar más: somos muchas las personas que creemos que hay que gastar mejor. Hay que aprovechar mejor los recursos que tenemos y re-diseñar la manera en la que atendemos las necesidades sociales. En el ámbito de la Justicia, en concreto en el ámbito de la Justicia Penal, la apuesta por una justicia del siglo XXI, más democrática y cercana a las necesidades de las personas, debe pasar por poner en marcha servicios de Justicia Restaurativa.

Se ha demostrado que la justicia restaurativa mejora el bienestar de las víctimas, reduce su estrés post-traumático y hace que se sientan satisfechas, escuchadas y reparadas
La Justicia Restaurativa hace referencia a cualquier proceso que permita a aquellas personas dañadas por el delito y a las personas responsables del daño a participar activamente, si dan su libre consentimiento, en la resolución de las consecuencias resultantes del delito, con la ayuda de personas que faciliten esta comunicación. Es decir, consiste en un diálogo (ya sea directo o indirecto) entre la víctima y la persona infractora, que también puede implicar, si procede, a otras personas afectadas por el delito. La mediación penal y los círculos restaurativos son las herramientas más extendidas para hacer realidad este sistema de justicia, que está avalado por la ONU y el Consejo de Europa, y que ya se implementa en Castilla y León, Cataluña, País Vasco o Navarra.

La Justicia Restaurativa puede emplearse en cualquier fase del proceso de justicia penal y puede implicar (o no) una disminución de las penas: lo importante no es eso, sino la mejora de los aspectos humanos, al llegar a donde la justicia tradicional no llega. Se ha demostrado que la justicia restaurativa mejora el bienestar de las víctimas, reduce su estrés post-traumático y hace que se sientan satisfechas, escuchadas y reparadas. Las personas infractoras, por su parte, “no se van de rositas” sino que deben asumir verdaderamente las consecuencias del daño que han hecho; deben hacer un mayor esfuerzo de reparación y asumir una pena relacionada con su delito como, por ejemplo, realizar trabajos en beneficio de la comunidad. Esta Justicia se basa en el lema “el que la hace, la repara”, y se ha demostrado que, en comparación con el sistema penal tradicional, reduce la reincidencia un 33%.

En una época en la que tenemos que buscar el máximo aprovechamiento de los recursos públicos, debemos apostar por este método alternativo de resolución de conflictos. Con la Justicia Restaurativa se reducen los costes del sistema judicial y, al promover soluciones dialogadas, se aumenta el cumplimiento de las resoluciones. En Andalucía, hemos calculado que la puesta en marcha de un Servicio de Justicia Restaurativa, resultaría en un ahorro de 138.000 € al año en alivio de carga de trabajo judicial.

Por todo ello, porque las víctimas se sienten auténticamente escuchadas y reparadas, porque disminuye la reincidencia de las personas infractoras y porque ahorra costes al sistema judicial, ahora más que nunca hace falta un Servicio de Justicia Restaurativa en Andalucía.

Justicia reparativa

La justicia restaurativa, también llamada justicia reparativa o justicia compasiva, es una forma de pensar la Justicia cuyo foco de atención son las necesidades de las víctimas y los autores o responsables del delito, y no el castigo a estos últimos ni el cumplimiento de principios legales abstractos. A menudo se usa el término «ofensores» como concepto alternativo al de «delincuentes» o «criminales», pues la justicia restaurativa intenta evitar estigmatizar a las personas que hayan cometido un delito.

En un proceso de justicia restaurativa, las personas involucradas en un hecho resuelven de manera colectiva cómo lidiar con las consecuencias de la ofensa y sus implicaciones futuras. Las víctimas juegan un rol activo en el proceso, mientras se anima a los «ofensores» a asumir la responsabilidad de sus acciones y reparar el daño que han hecho. Esto puede hacerse mediante un pedido de disculpas, la devolución de algo robado, dar un servicio a la comunidad, etc. La justicia restaurativa brinda también ayuda a los «ofensores» para evitar futuras ofensas. Está basada en una teoría de Justicia que considera al crimen como una ofensa contra un individuo o la comunidad más que como una ofensa contra el Estado y sus normas. Fomentando el diálogo entre víctimas y «ofensores», la práctica de justicia restaurativa logra un gran grado de satisfacción entre las víctimas así también como que los «ofensores» asuman sus responsabilidades.

Howard Zehr, profesor en la Universidad Menonita de Harrisonburg, ha sido un pionero de este enfoque, sobre el que ha publicado diversos estudios. Marshall Rosenberg y Dominic Barter se cuentan también entre los mayores defensores de la justicia restaurativa y han mostrado a través de sus prácticas los resultados de esta forma de justicia en contraposición a la justicia punitiva.


Resultado de imagen de federacion enlaceJorge Ollero Perán es Coordinador del Área de Mediación y Justicia Restaurativa de la Federación Andaluza ENLACE,entidad sin ánimo de lucro que une a casi 100 entidades de Andalucía que trabajan en adicciones y otras situaciones de exclusión social.

 

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