NFT: del mercado del arte al metaverso

Shutterstock / ilikeyellow
por Ana Mercedes López

 

Miércoles, 9 de febrero de 2022. Estamos asistiendo al boom de los denominados NFT (non-fungible tokens). Por ejemplo, el videoclip del mate de LeBron James a Sacramento Kings durante el encuentro del 15 de noviembre de 2019 fue vendido al usuario “kyloren” como NFT por más de 208 000 dólares (180 055 euros), a pesar de que el propio vídeo se puede ver en la plataforma TopShot gratuitamente.

Qué son los NFTs y por qué suscitan tanto interés en el mercado

Los “tokens no fungibles” (NFT) son certificados de propiedad almacenados en una cadena de bloques y respaldados por la tecnología blockchain (por ejemplo, Ethereum) que suelen estar asociados a un activo digital, como las artes visuales, los vídeos, la música o los objetos de colección.

A diferencia del dinero fiduciario o las criptomonedas, que pueden ser fácilmente remplazables y sustituibles, cada NFT es único o “no fungible” y no puede eliminarse ni falsificarse. Haciendo un símil, un euro en mi bolsillo vale lo mismo que un euro en el bolsillo de mi vecino, mientras que El jardín de las delicias que cuelga en el salón de mi casa y El jardín de las delicias que se exhibe en el Museo Nacional del Prado no son intercambiables. Esta es la esencia del concepto de NFT.

En los últimos meses los NFT parecen estar superando a la cadena de bloques y a las criptomonedas en popularidad. Presentan una nueva forma de pensar sobre la propiedad artística, lo que en parte explica que hayan puesto patas arriba el mundo del arte.

Revolución en el mundo del arte

La obra Everydays: The First 5,000 Days, de Beeple, vista en un teléfono móvil. Shutterstock / mundissima

Las obras digitales, por su propia naturaleza, pueden ser copiadas y replicadas infinitamente. Los NFT no eliminan ese riesgo, pero generan un registro digital único que autentifica la propiedad de una versión concreta de una obra digital.

La casa de subastas Christie’s vendió el año pasado como NFT por más de 69 millones de dólares una obra de arte digital, Everydays: The First 5,000 Days, de Beeple, situándose junto a pinturas hechas por Picasso, Rothko, van Gogh y Monet como una de las piezas de arte más caras vendidas mediante subasta.

Los NFT ofrecen nuevas posibilidades de ingresos para los artistas, cada vez sometidos a mayores restricciones, reproducciones ilegales, productos falsificados o pirateados, precios elevados, cadenas de distribución saturadas, necesidad de interacción física, etc. Además, los usuarios de la era digital pasan ya como media más tiempo online que durmiendo, por lo que los mercados de NFT son estupendos escaparates donde poder mostrar el talento artístico a un público más numeroso.

Y más allá del mercado del arte

Los NFT comercializados por Kings of Leon. YellowHeart

La industria musical ya se ha introducido en el mundo de los NFT buscando expandir las bases de fans, conectar con los existentes y generar nuevas fuentes de ingresos.

Por ejemplo, el grupo Kings of Leon ha subastado un NFT que incluye cuatro entradas de primera fila para un show de su gira en cualquier lugar en el mundo, un encuentro con la banda, merchandising de la gira, y uso de una limusina.

En la industria del juego, existen distintos tipos de juegos NFT que van desde carreras hasta arcade y mundos virtuales en los que los usuarios pueden comprar terrenos y propiedades. O juegos de simulación con coleccionables únicos, lo cual hace atractivo jugar para cualquier gamer a nivel global.

En el mundo editorial el interés por los NFT no hace más que crecer. Esta tecnología permite a los escritores vender directamente sus obras en Internet, aporta trazabilidad al uso que se hace de la obra y presenta multitud de posibilidades de cara a fidelizar a los lectores. Pensemos, por ejemplo, en la tokenización de un libro firmado por el autor, que tiene un valor adicional en comparación con un ejemplar idéntico del libro sin firmar. En el caso de que el autor decida formalizar un contrato de edición con una editorial, la comercialización de ejemplares de la obra a través de tiradas de NFT permite una mejor trazabilidad de la obra, agilización y transparencia respecto a los beneficios obtenidos por ambas partes.

El próximo ámbito de expansión de la tokenización se prevé que sea la vinculación de los NFT con objetos del mundo físico. A tal punto ha llegado la expansión token que, en agosto 2021, la red de juegos NFT MyMetaverse anunció el lanzamiento de NFT inmobiliarios que se ganarán jugando al videojuego Minecraft. Estamos hablando, por tanto, de inversión inmobiliaria a través de videojuegos.

Los NFT como pieza clave en el metaverso

Los NFT también parecen estar llamados a jugar un papel clave en el denominado metaverso. Tras la pandemia global de la covid-19, ¿es descabellado pensar que en un futuro los conciertos o reuniones de trabajo se realicen de manera puramente virtual? ¿Y si el metaverso se convierte en el escenario virtual para determinados ámbitos de nuestra vida en paralelo a nuestra realidad física?

Poseer NFT permitirá ser miembro virtual de una infinidad de experiencias exclusivas en el metaverso y en el mundo físico, mejorando así las experiencias sociales y en la comunidad. Con los NFTs los usuarios también pueden obtener la plena propiedad de sus tierras y espacios en el metaverso. Incluso empresas como Adidas, H&M, Nike o Zara ya han presentado colecciones virtuales de moda en el metaverso, todo a través de NFT.

Cuestiones jurídicas en torno a los NFT

Ningún país ha regulado todavía de manera específica los NFT. La UE lanzó en septiembre de 2020 una propuesta legislativa integral sobre criptoactivos (MiCA). Sin embargo, los NFT parecen estar excluidos de su ámbito de aplicación. Por ello, habrá que aplicar la legislación existente en cada Estado.

Es importante tener en cuenta la normativa en materia de propiedad intelectual, particularmente sobre derechos de autor. Cuando se adquiere un NFT, no se compra la obra digital como tal. El comprador solo obtiene una colección de códigos o metadatos que enlazan con la versión “verdadera” de la obra en cuestión. Estos metadatos se escriben en la cadena de bloques y contienen información sobre la ubicación del trabajo original y el propietario de esa versión particular del trabajo. Además, deberemos tener presente la normativa sobre prevención de blanqueo de capitales, tributación, protección de datos, de defensa de la competencia o de protección al consumidor a la hora de obtener una publicidad e información clara y accesible del token en cuestión.

Retos jurídicos futuros

La tarea que tiene el legislador ante sí es altamente compleja, entre otras cosas porque la normativa aplicable depende normalmente de cada país, mientras que los NFT pueden cambiar de manos sin límite de jurisdicción a través de los mercados digitales. El anonimato proporcionado por la tecnología blockchain también dificulta que las partes de una transacción con NFT puedan invocar cualquier forma de propiedad intelectual o derechos contractuales en caso de una posible infracción.

Ante las dificultades regulatorias que conlleva la irrupción de las parcelas virtuales y la criptoeconomía, no es de extrañar, por tanto, que se hable de MetaLaw o Metaverso Jurídico como el Derecho en el mundo virtual destinado a brindar seguridad a los proveedores y sus usuarios/consumidores.

Si se llegara a un metaverso global, el tema de la jurisdicción y legislación aplicable será esencial para la resolución de conflictos surgidos en un entramado de relaciones jurídicas que son intrínsecamente “transnacionales”. Ya hay quien se plantea abrir despachos de abogados en el metaverso o incluso mecanismos propios de resolución de conflictos en este entorno virtual. Tendremos que prestar atención a la evolución de este sector, por muy distópico que hoy nos parezca.

Ana Mercedes López Rodríguez es licenciada en Derecho por la Universidad de Sevilla y Doctora en Derecho por la Universidad de Aarhus (Dinamarca). Además del doctorado, en el país nórdico también cursó estudios de grado y postgrado e impartió clases de Derecho durante más de una década – en danés e inglés. Ha realizado estancias docentes y de investigación en distintas universidades de Europa y Estados Unidos. Actualmente es profesora de Derecho internacional privado y Derecho comparado en la Universidad Loyola Andalucía y profesora del Área Jurídica de Loyola Másteres, donde dirige el Módulo de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos. Ha sido directora del Departamento de Derecho de la Universidad Loyola y ocupado distintos puestos de coordinación docente y académica. Paralelamente, es árbitro internacional, árbitro en ASEMARB y miembro del Consejo Asesor Académico de la Fundación de Inteligencia Artificial Legal (FIAL). Asimismo, es funcionaria de carrera del Cuerpo Superior de Administradores Generales de la Junta de Andalucía (en excedencia). Ana es especialista en arbitraje internacional, Derecho comparado, Derecho internacional privado y Derecho y digitalización, siendo autora y coautora de nueve libros y más de cuarenta artículos científicos en revistas nacionales e internacionales de impacto.

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