Convalidado el decreto-ley que endurece el régimen sancionador en el sector del juego

La Diputación Permanente del Parlamento andaluz ha convalidado el Decreto-ley 6/2019, de 17 de diciembre, por el que se modifica la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que supone un endurecimiento del régimen sancionador para conseguir una mayor eficacia en el control de acceso a los salones y demás establecimientos de juego y apuestas bajo el principio de tolerancia cero a la entrada a este tipo de locales de menores y personas incluidas en el Registro de Control e Interdicciones de Acceso.

Como novedad, el decreto-ley incluye el cambio de infracciones que hasta la fecha eran graves y que pasan a ser muy graves, de manera que la multa económica es superior y permite aplicar con mayor contundencia las sanciones accesorias que procedan. Así, entre las infracciones que pasarán a ser muy graves se encuentra permitir el acceso y la práctica de juego a las personas que lo tengan prohibido, el incumplimiento de los horarios de apertura y cierre establecidos y efectuar publicidad de los juegos y apuestas o de los establecimientos en los que estas actividades se practiquen, salvo autorización previa. Las infracciones calificadas de muy graves serán sancionadas con multas que oscilan entre los 10.001 euros y los 300.000 euros (hasta ahora las multas iban de los 600 a los 10.000 euros) y pueden conllevar incluso la clausura del local.

El decreto recoge también la obligación por parte de las empresas de establecer un control de acceso exterior a los establecimientos de juego. No obstante, para permitir la adaptación a las empresas a esta nueva exigencia, esta medida entrará en vigor a los seis meses de la publicación del Decreto-ley.

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