La Junta de Andalucía devuelve a los campos el control de “alimañas” mediante lazos y trampas

El Gobierno andaluz aprueba una orden que reintroduce métodos de captura abandonados desde hace décadas y los pone al servicio de la gestión cinegética sin acreditar su necesidad ni su impacto real sobre la fauna silvestre.

Ecologistas en Acción denuncia que la norma vulnera la ley andaluza y la Directiva Hábitat, se apoya en directrices sin valor homologador y se ha tramitado sin pasar por el Consejo Andaluz de Biodiversidad.

Domingo, 4 de enero de 2026. La Junta de Andalucía ha aprobado una orden que vuelve a permitir la captura de predadores silvestres mediante lazos y trampas, técnicas que habían desaparecido de los campos andaluces tras décadas de efectos documentados sobre la biodiversidad. La norma, adoptada por el Consejo de Gobierno de Juan Moreno Bonilla en su última reunión del año, regula la acreditación y los métodos de control de los llamados predadores cinegéticos y recupera prácticas que durante años fueron asociadas a la política de “exterminio de alimañas”.

El texto, impulsado por la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, establece los requisitos de habilitación profesional y autoriza el uso de métodos calificados como “homologados”, entre ellos lazos y trampas, para la captura de determinadas especies. Según denuncia Ecologistas en Acción de Andalucía, esta decisión se adopta sin que consten estudios científicos previos que acrediten ni la situación poblacional de las especies afectadas ni los daños que justificarían un control excepcional.

La organización ecologista recuerda que la Ley andaluza 8/2003 solo permite autorizar la captura de fauna silvestre de forma excepcional, cuando no exista otra solución satisfactoria y siempre que no se ponga en peligro el estado de conservación de las especies implicadas. A su juicio, la orden aprobada no acredita ninguno de esos extremos y vuelve a señalar como problema a especies como zorros o córvidos sin respaldo técnico ni datos contrastados.

Las objeciones se extienden al encaje de la norma con la legislación comunitaria. La Directiva Hábitat condiciona cualquier autorización de este tipo a la demostración de que no existen alternativas y a la garantía de que no se compromete el mantenimiento de las poblaciones en un estado de conservación favorable dentro de su área de distribución natural. Ecologistas en Acción sostiene que durante la tramitación de la orden no se ha aportado documentación que justifique ni la supuesta sobrepoblación de estas especies ni la inexistencia de otras medidas de gestión.

La Consejería ha fundamentado la orden en unas directrices estatales sobre métodos de captura, pero la organización ecologista subraya que dichas directrices no constituyen una homologación legal de los sistemas autorizados. Según explican, esos criterios se limitan a evaluar la selectividad de los métodos y asumen como aceptable que hasta un 20% de las capturas correspondan a especies no objetivo, incluidas especies protegidas, con daños incompatibles con su supervivencia.

A este marco normativo se suma el procedimiento seguido para la aprobación de la orden. La disposición ha sido informada por el Comité de Caza, pero no por el Pleno del Consejo Andaluz de Biodiversidad, el órgano de participación social en materia de conservación. Para Ecologistas en Acción, la ausencia de este trámite resulta especialmente relevante dado el alcance de la norma y sus efectos potenciales sobre la fauna silvestre andaluza.

La organización sitúa la decisión del Gobierno andaluz como un retorno a políticas abandonadas desde los años setenta, cuando la persecución sistemática de predadores tuvo consecuencias graves sobre especies emblemáticas y sobre el equilibrio de los ecosistemas. En este contexto, Ecologistas ha anunciado que emprenderá todas las acciones legales a su alcance contra una norma que considera innecesaria y perjudicial para la biodiversidad.

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