La Junta aprueba medidas extraordinarias para acelerar la renta mínima y las ayudas al alquiler

Luz verde a un decreto ley con actuaciones administrativas urgentes económicas y sociales, que engloba a cinco consejerías.

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto ley por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes en los ámbitos económico y social como consecuencia de la situación ocasionada por el Covid-19, unas medidas que engloban a cinco consejerías, en concreto, las de Presidencia, Administración Pública e Interior; de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad; de Educación y Deporte; de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, y de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

En el caso de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, se ha autorizado que se acelere la resolución de expedientes de Renta Mínima de Inserción Social para dar respuesta inmediata a las situaciones de vulnerabilidad producidas como consecuencia de la evolución del coronavirus en Andalucía.

En primer lugar, se procederá a dictar resolución de concesión, dando por cumplidos todos los requisitos y estableciendo la cuantía en función de la composición de la unidad familiar, de todas las solicitudes de Renta Mínima de Inserción Social en situación de urgencia o emergencia social ya presentadas, siempre que cuenten con el correspondiente Anexo V del Decreto Ley que regula esta prestación, acompañado de informe social.

Además, se procederá a dictar resolución, dando por cumplidos todos los requisitos y estableciendo la cuantía en función de la composición de la unidad familiar, de concesión de las solicitudes de ampliación de esta prestación. Por último, todas las prestaciones cuyo vencimiento se produzca durante el tiempo en que se mantenga el estado de alarma se prorrogarán de forma automática, considerándose como anticipo a cuenta de la renta y quedando supeditadas a la posterior revisión.

Esto va a permitir a la Junta de Andalucía responder con mayor agilidad ante el agravamiento de las situaciones de vulnerabilidad de las personas o unidades familiares solicitantes de la Renta Mínima, para que se puedan beneficiar lo antes posible de la concesión de estas prestaciones económicas.

Estas medidas tendrán vigencia mientras se mantenga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus.

Además, la Junta de Andalucía está trabajando en la modificación de la normativa que regula la Renta Mínima, teniendo como base las conclusiones de la evaluación del primer año de ejecución del Decreto Ley que regula la Renta Mínima, realizada en colaboración con la Red de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en Andalucía.

La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación destina este año más de 142 millones de euros a esta prestación, de los cuales, más de 134 millones son para la concesión de ayudas a las familias; 7 millones para contratar 465 efectivos para mantener el refuerzo de los servicios sociales comunitarios y 321.000 euros para desarrollar avances informáticos.

Pago urgente de ayudas al alquiler

Por parte de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, se incluye la agilización del abono de las ayudas al alquiler de vivienda. Con esta medida se podrán abonar durante el presente año unos 48 millones de euros, dando respuesta a las familias, jóvenes y personas en situación de vulnerabilidad que solicitaron la ayuda y que no deben verse afectadas por la suspensión de los plazos administrativos como consecuencia de la crisis del coronavirus.

Estas ayudas convocadas mediante la Orden de 30 de octubre de 2018 tienen un presupuesto de 57.143.793 euros para tres anualidades, 2018, 2019 y 2020, de los que se han emitido resoluciones favorables por 16.136.822 euros, lo que supone un 30,28% del crédito total de la convocatoria.

No obstante, sólo se habían podido abonar 9.184.495 euros por los escollos encontrados en la tramitación, como el alto porcentaje de las solicitudes que necesitan ser subsanadas, por no haber aportado la documentación necesaria. Por otra parte, al tratarse de un procedimiento en concurrencia no competitiva, es necesario que los requerimientos y notificaciones se efectúen individualmente, circunstancias que provocan un significativo retraso en la tramitación de las ayudas.

Con el nuevo decreto ley, se estima necesario para agilizar los procedimientos que la notificación de los actos administrativos se realice de manera conjunta, mediante su publicación en el BOJA y en la página web de la Consejería, dando aviso a las personas interesadas vía telefónica o por correo electrónico.

Esta medida beneficiará a unas 17.000 familias, o lo que es lo mismo, unas 50.000 personas. Con estas ayudas se subvenciona el 40% de la renta a inquilinos con ingresos limitados y el 50% a personas que hayan cumplido 65 años (ambas ayudas con un complemento de hasta el 75% en el supuesto de que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad).

En el caso de jóvenes menores de 35 años tienen derecho a una subvención del 50% del alquiler, que no puede superar 600 euros al mes. Con carácter general, el límite de ingresos para obtener la ayuda es de 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem).

Ampliación de la garantía alimentaria

La Consejería de Educación y Deporte ha ampliado la garantía alimentaria al alumnado escolarizado en centros docentes privados sostenidos con fondos públicos con planes de compensación educativa durante el periodo de crisis provocado por el Covid-19. Esta medida, también incluida en el Decreto Ley aprobado por el Consejo de Gobierno, beneficiará a 1.861 escolares en riesgo de exclusión social que utilizan el servicio de comedor de 19 centros concertados.

Para las subvenciones concedidas por la Consejería de Educación y Deporte en régimen de concurrencia competitiva a estos centros para facilitar la permanencia en el sistema educativo de los alumnos escolarizados, mediante la prestación del servicio de comedor escolar, no se considerará causa legal de incumplimiento y no dará lugar a modificación de las correspondientes resoluciones de concesión de subvenciones el hecho de que el servicio de comedor escolar no se preste en el propio centro docente.

Esta actuación estará condicionada a que el centro suministre los alimentos al alumnado beneficiario de la prestación del comedor escolar para su consumo fuera del centro, bien mediante servicio de catering o bien con medios propios.

La Consejería de Educación y Deporte ha ampliado también el número de alumnos beneficiarios del Programa de Refuerzo de Alimentación Infantil que garantiza las tres comidas diarias (desayuno, almuerzo y merienda) a alumnos de Infantil y Primaria de centros públicos tras los nuevos informes emitidos por los servicios comunitarios en el marco de la crisis del Covid-19. El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de esta ampliación del servicio, que pasa de 18.000 a 19.000 escolares en riesgo de exclusión social.

La Consejería, en coordinación con los ayuntamientos y las empresas responsables de la distribución de los menús, ya ha iniciado el reparto de comida por los distintos municipios a los alumnos acogidos a este programa

El reparto de estos alimentos se realiza dos veces en semana en las dependencias municipales puestas a disposición para ello por las corporaciones locales. Las familias reciben los packs de desayuno y merienda que ya se les venía entregando a este alumnado antes del cierre de los centros, además de barquetas con el almuerzo. De esta forma, tendrán garantizadas tres comidas diarias durante toda la semana. El programa de Refuerzo de Alimentación Infantil está coordinado por las consejerías de Educación y Deporte y de Salud y Familias.

Tras los dictámenes de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, a la Consejería de Educación y Deporte le corresponde la tarea de atender a estos alumnos aprovechando la red de comedores escolares existente durante el curso escolar. La Agencia Pública Andaluza de Educación se encarga, para ello, de la contratación y seguimiento de los servicios de las empresas de restauración encargadas de elaborar y entregar las comidas.

Ampliación de plazos para justificar subvenciones de IDEA

En el ámbito económico, el Consejo de Gobierno ha aprobado la ampliación de los plazos para que puedan justificar sus inversiones y el mantenimiento de empleo las empresas beneficiarias de subvenciones de los programas de desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la transformación digital y la creación de empleo en Andalucía, así como la promoción de la investigación industrial, el desarrollo experimental y la innovación empresarial gestionados por la Agencia IDEA.

Las empresas beneficiarias de las ayudas para desarrollo industrial que se hayan visto obligadas a efectuar un ERTE a causa del estado de alarma declarado para gestionar la crisis sanitaria causada por el Covid-19, contarán con un plazo adicional de 18 meses para justificar las condiciones de creación y/o mantenimiento de empleo a las que les obligue su resolución de concesión de la ayuda. Dicho plazo adicional computará a partir de la terminación de los plazos que se establecen en estas resoluciones.

Además, las empresas que presenten solicitudes a la convocatoria de ayudas al desarrollo industrial a partir de la fecha de entrada en vigor de estas medidas podrán acreditar el cumplimiento de requisitos de creación de empleo que se determinen en la resolución de concesión hasta el 31 de diciembre de 2022.

Por otra parte, tanto las empresas beneficiarias de ayudas para desarrollo industrial como las beneficiarias del programa de apoyo a la I+D+i, podrán solicitar, a partir de la fecha de entrada en vigor de estas medidas, la ampliación del plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas y del plazo de justificación de las ayudas, si estos plazos venciesen en el presente año. La ampliación del plazo de ejecución no podrá superar los 15 meses.

También se recoge en el decreto, el desarrollo normativo de la línea de garantías de créditos concedidos por entidades financieras para circulante en favor de las pequeñas y medianas empresas y autónomos andaluces, presupuestada con 20 millones de euros con cargo a la línea ‘Andalucía, financiación empresarial’ del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico, gestionado a través de IDEA.

Estos avales se destinarán a garantizar préstamos o créditos con un importe mínimo de 5.000 euros y un máximo del 25% de la facturación del solicitante, correspondiente al ejercicio 2019, con un límite de 300.000 euros. Los préstamos o créditos tendrán una duración mínima de seis meses y máxima de 36 meses, pudiendo la entidad colaboradora aprobar plazos o periodos de carencia.

Agilización de contrataciones en la Administración

Por parte de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, se ha aprobado la agilización de las contrataciones para hacer frente a la pandemia y al desarrollo de las medidas de apoyo aprobadas por el Consejo de Gobierno. La evolución de la emergencia sanitaria ha colocado en situación crítica determinados servicios públicos esenciales que precisan de una atención ineludible e inaplazable, y se hace necesario reforzar las medidas que hagan frente a esta situación y aseguren la necesaria presencia de personal en los centros que los prestan.

Por ese motivo, se modifica el artículo 13 del Decreto Ley 3/2020, de 16 de marzo, tanto para contemplar fórmulas adicionales de selección de personal funcionario interino y laboral temporal, así como en la agilización del procedimiento de nombramiento o contratación, posponiendo determinados trámites que en esta situación extraordinaria y excepcional pueden llegar a ocasionar retraso en la cobertura inmediata de los puestos de trabajo.

En este sentido, se señala que, cuando no resultase posible la selección de personal entre quienes figuren incluidos como disponibles en las diferentes bolsas de aspirantes a nombramientos de personal funcionario interino, la selección se realizará dentro de la bolsa que por cada cuerpo, especialidad u opción existe, integrada por el personal que ha cesado como funcionario interino, en los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha del presente decreto ley.

En el caso del personal laboral, se efectuará en las bolsas complementarias creadas por Acuerdo de la Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía de 26 de noviembre de 2014, y, a continuación, en las listas de sustituciones que se encuentren vigentes en cada ámbito provincial.

El decreto acuerda que, mientras dure la situación de emergencia sanitaria por el Covid-19, con las personas que hayan presentado solicitud de participación en el procedimiento de selección previsto en este apartado, se conformará una bolsa a la que se acudirá si vuelve a surgir la necesidad para la cobertura de puestos en la misma localidad del cuerpo, especialidad u opción, en el caso del personal funcionario, o de la categoría profesional, en el caso del personal laboral.

Mesas de coordinación para situaciones de extrema vulnerabilidad

De otro lado, también se ha incluido en el decreto ley la creación en el seno de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Mesa autonómica de Coordinación ante Situaciones de Extrema Vulnerabilidad Social, ante la crisis ocasionada por el Covid-19. También se creará también una Mesa provincial de coordinación en cada una de las delegaciones territoriales de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

Serán destinatarias de estas medidas de coordinación las situaciones grupales o colectivas de personas en extrema vulnerabilidad constatadas por los servicios sociales comunitarios o por entidades integradas en la Mesa del Tercer sector, que no hayan podido ser resueltas en sus respectivos ámbitos. Se sumarán aquellas que requieran de una actuación inmediata que, en el caso de no contar con una intervención, podrían sufrir un grave deterioro o agravamiento en su estado de vulnerabilidad y desprotección, con especial atención al colectivo sin hogar.

Los recursos que pueden ser destinados para atender las situaciones de extrema vulnerabilidad social que se planteen son los disponibles tanto por las administraciones públicas como por las entidades integradas en la Mesa del Tercer sector.

De forma específica se podrá contar con recursos como los centros residenciales (centros de acogida, viviendas tuteladas, albergues para personas trabajadoras temporeras); la Red de Albergues juveniles gestionados por Inturjoven; residencias de estudiantes y residencias de tiempo libre; o alojamientos turísticos que hayan sido declarados servicios esenciales por el órgano competente.

También figurarán instalaciones deportivas o de índole similar siempre que puedan ofrecer los servicios de pernoctación, salas de estancia diurna, atención social, atención sanitaria, alimentación, higiene personal y de ropa y enseres, previsión de actividades individuales de ocupación del tiempo en confinamiento prolongado, así como aislamiento y cuarentena de los casos de personas afectadas que revisten menor gravedad.

Acerca de La Mar de Onuba 5519 Artículos
Revista onubense de actualidad, cultura y debate, editada por AC LAMDO, entidad sin ánimo de lucro inscrita en el Registro de Asociaciones de Andalucía con el número 4318 de la Sección 1. - Director: Perico Echevarría - © Copyright LAMDO 2017 / ISSN 2603-817X

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