Eutanasia: por una “buena muerte”

José Luis Pedreira Massa

 

Jueves, 1 de agosto de 2019. El día 19.04.18 fallecía súbita e inesperadamente el Dr. Luis Montes, un gran profesional que había encarnado la defensa a morir dignamente. Nunca, que les quede claro a los señores del gobierno de la Comunidad de Madrid, nunca trasgredió la Ley, pero supo mantener su coherencia a favor de los pacientes que, en estado terminal, sufrían dolores o se agitaban. Supo como nadie ponerse al lado de estos pacientes y paliar esos momentos terribles y difíciles desarrollando para su servicio el estado actual de la ciencia con humanidad.

Esta simple coherencia valió para que el Gobierno de la Comunidad de Madrid se lanzara, como depredador hambriento, sobre su persona utilizando una denuncia anónima. Le quiso transformar al Dr. Montes en el enemigo público número 1, le compararon con el médico nazi Mengele en los medios de comunicación, atacaron a la sanidad pública utilizando la lapidación de una persona honrada y defensor a ultranza del sistema sanitario público.

La justicia, ese sistema controvertido y que tanto le gusta utilizar a la derecha corrompida para intentar legitimar sus acciones, falló a favor de Luis Montes. Entonces la derecha guardó un cobarde silencio y se retorció en sus asientos.

Este serpenteo de la derecha les ha hecho erigirse en opositores para poner el nombre del Dr. Luis Montes al bulevar de acceso al Hospital de Leganés, sí unieron sus votos pp y c´s para “no herir sensibilidades”. Es evidente que no querían herir sus propias sensibilidades, demostrando así que son mezquinos, ignorantes, rencorosos, villanos, en definitiva, malas personas.

Unos días después, en concreto el día 03.05.18 el PSOE, tras años de dudas con tensiones y distensiones, presenta un Proyecto de Ley para regularizar la eutanasia y luego se asume en el seno del programa electoral. Un proyecto completo y muy pensado. Consta de un preámbulo con contenidos tremendamente consistentes, con argumentos sólidos de tipo científico y legislación comparada. El cuerpo legal se dirime en 5 capítulos con 22 artículos, 5 disposiciones adicionales y 3 disposiciones finales.

Nada de los contenidos sustanciales queda al azar, se controla perfectamente la definición de eutanasia, los casos que pueden optar a solicitarla, el procedimiento que se debe seguir, los controles de calidad y de cumplimiento legal. Todo para que pase a formar parte de la cartera de servicios del sistema sanitario y, por lo tanto, se establezca con garantías de rigor científico y procedimental. En ocasiones hasta pudiera parecer excesivamente garantista, exigente y puntilloso, posiblemente necesario y se siente una mano de redactor que es un profundo conocedor del derecho sanitario, si es quien sospecho por la forma y contenido legal. Se ve que es una proposición de ley muy pensada, pesada y sopesada, contrastada y, por lo tanto, consistente a la par que necesaria.

No es el lugar para realizar un pormenorizado análisis de su contenido, pero sí que se precisa exponer a la opinión pública y a los colectivos profesionales las líneas generales de esta proposición de ley socialista, sobre todo porque se han dicho muchas sandeces sobre generalidades con interpretaciones alarmistas.

  1. Existen procesos deteriorantes, involutivos o degenerativos, procesos que originan dependencias extremas del contexto que provocan un gran sufrimiento con dolores intensos en las personas y no tienen una solución médica, con el estado actual de los conocimientos científicos. Existen personas que son capaces de convivir con estas situaciones, pero otras personas son incapaces, sus defensas, tanto las somáticas como las mentales, se desvanecen, la muerte es su final, es su único futuro para el sujeto y no desea, no puede, no tolera seguir viviendo en ese nivel de padecimiento y sufrimiento, sin calidad de vida alguna, es humano no desear seguir en esas penosas condiciones, la decisión es individual, de acuerdo al devenir histórico de cada sujeto.
  2. Estas condiciones tan graves, tan depauperantes y tan dramáticas para las personas, no obtienen corrección alguna con atención de cuidados paliativos, se puede decir que los cuidados paliativos se ven desbordados y superados por la grave evolución y por el pronóstico fatal real, por lo tanto es preciso dar un paso más de coherencia y consistencia.
  3. Un Estado responsable y atento con las demandas y necesidades de sus ciudadanos no puede permanecer impasible. El estado de la cuestión debe empujar al Estado a tomar decisiones serias, rigurosas, responsables, ante la ciudadanía. El Estado debe aceptar el reto social e histórico de pensar con rigor, sabiendo que actúa en defensa de la libertad individual y que representa una opción más, solo una opción y que no es ninguna imposición a nadie, solo es una posibilidad más de elección para el sujeto que así lo explicite.
  4. Si bien es cierto que es una obligación del Estado, no es menos cierto que debe hacer esta oferta pero con garantías legales y conceptuales precisas. No vale todo, debe comprometerse sobre todo para aportar seguridad a los pacientes, las familias y al sistema. A este proceso se llama ser riguroso, lo que comporta establecer un procedimiento claro, controlarlo y evaluarlo.
  5. No es compasión, sino actuar con comprensión, compadecerse de alguien no es actuar, no es solucionar, es un acto caritativo y con creencias, más o menos, confesionales. La ética profesional implica que frente al sufrimiento de alguien se precisa actuar, el primer paso consiste en comprender lo que le acontece, evaluar el grado de gravedad, las posibilidades terapéuticas y, por lo tanto, pronósticas de tal intervención. Pero esta comprensión profesionalizada, necesaria, no es suficiente y precisa la comprensión de la vivencia y de la percepción de la persona que padece y sufre. Esta aproximación comprensiva humaniza la intervención profesional y la hace cercana a los sentimientos del paciente, situándolo como sujeto que padece, pero también que piensa y que desea, aunque sus pensamientos y deseos no sean acordes con los nuestros, son los suyos y, por lo tanto, requieren nuestra atención personal y profesional. No hay que compadecer, hay que comprender; no hay que convencer, hay que comprender; no hay que atemorizar, hay que comprender; no hay que temer, hay que comprender.
  6. Morir con dignidad precisa ayuda profesional. En efecto, en el suicidio, la persona, independientemente de su estado físico y/o psíquico, decide poner fin a su vida de forma voluntaria y por razones estrictamente de tipo subjetivo, tenga o no un final de muerte y la propia OMS nos alerta que las enfermedades graves en edades maduras son uno de los yacimientos para consumar las conductas autolíticas, tengan o no éxito.

Pero en la eutanasia, la persona se encuentra en situación de gravedad somática con nula capacidad de resolución desde el abordaje médico en el estado actual de la ciencia, o bien padece un nivel de incapacidad que le imposibilita llevar una vida autónoma, restringiéndole su calidad de vida a niveles de una dependencia total del contexto, lo que le incrementa un gran nivel de sufrimiento.

Por lo tanto, la decisión en la eutanasia es de la persona a la que se le aporta la información pertinente, pero el procedimiento pasa a ser un acto sanitario y ni se inicia ni se concluye por parte de la persona. Es más, al ser un acto sanitario se incluye en la cartera de servicios, aunque pudiera existir profesionales que se declaren objetores de conciencia, por lo que también se debe contemplar estas situaciones.

  1. En los momentos actuales existe en la sociedad española una sensibilidad hacia estos temas, comprenden que existen situaciones especiales y determinadas en que la gravedad de los procesos médicos o los grados extremos de invalidez, hacen de factores de gran sufrimiento para las personas y que desean que, por fin, se solucionen. Ahí se sitúa la sensibilidad por parte de los legisladores y de los profesionales sanitarios: poder dar una salida profesional, alternativa, que respete la libertad individual y se realice con información adecuada y con seguridad para todos los que intervienen. Un efecto de esta sensibilidad lo podemos ver en la creación y desarrollo de la Sociedad para la Muerte Digna, con actividades de información social que tienen una gran aceptación social.
  2. Existe un procedimiento detalladamente expuesto para solicitar y aprobar la eutanasia por parte del paciente y la intervención profesional. Ese procedimiento es garantista en el cumplimiento de los requisitos y supervisado por profesionales sanitarios, por especialistas y por el Comité autonómico, que se crea al efecto. Con estas condiciones no es todo lo que sea ni como sea, sino quien cumpla los requisitos legales y clínicos para solicitar la intervención eutanásica y con el procedimiento señalado en la ley.

El PSOE había adquirido el compromiso de regular la muerte digna y abrir el debate de la eutanasia. Dos asuntos próximos pero bien diferentes que ahora es el momento de abordar. Regular específicamente la eutanasia es el objetivo a conseguir y en esta propuesta lo plantea como lo que es: un nuevo derecho para solicitar y obtener ayuda para morir con respeto y dignidad.  Hemos de ser conscientes que el camino que le queda a esta ley no va a ser fácil, habrá que ir superando las dificultades con rigor en la argumentación y serenidad.

A las 24h de haber realizado la presentación, por primera vez, de la Ley por parte del PSOE, la Conferencia Episcopal ya había emitido una declaración de posicionamiento por parte del Secretario de dicha conferencia. Ni tiempo habían tenido para leer la propuesta realizada. Simplemente ha sido escuchar que era eutanasia y ya se lanzaron contra ella. Es decir que demuestran, una vez más, su posición de inmiscuirse en todo desde una posición de posesión absoluta de la verdad. Se respeta su posición y que se proyecte hacia sus creyentes, pero no puede ser extendida a toda la sociedad.

Una sociedad diversa debe tener su marco legislativo civil disponible y accesible para el conjunto de la población. Alguna de estas leyes hacen referencias a temas de la libertad individual, estos temas se legislan para dar seguridad y referencia para aquellos sujetos que quieran hacer uso de ellos con garantías, pero no se obliga a nadie.

Por esta razón la Conferencia Episcopal debiera dirigirse a sus creyentes, pero debe admitir que el marco social es amplio y diverso y, por lo tanto, tiene opiniones, en determinadas cuestiones, que son francamente divergentes de las emanadas desde esa Conferencia. También es obligación de la Conferencia Episcopal ser respetuosa con los sectores de la población que ni están ni se les espera en el seno de su pastoreo. Una cosa es emitir opinión desde su creencia confesional y otra, muy diferente, querer que se cumpla lo que ellos desean. Les recordamos que Constitucionalmente el Estado español es laico, al menos no confesional.

Sean pacientes señores obispos, esperen a leerse la propuesta, atiendan los debates parlamentarios y luego opinen desde su posicionamiento, pero no pontifiquen ni generalicen.

Esta ley, fundamentalmente, nos hace ser mejores porque fomenta la dignidad en un momento tan complicado como es la muerte. Una dignidad sin sufrimiento y una dignidad porque implica respeto hacia el sujeto que lo decide y los profesionales que intervienen.


José Luis Pedreira Massa, Don Galimatías en La Mar de Onuba, es psiquiatra y psicoterapeuta de infancia y adolescencia. Prof. de Psicopatología, Grado de Criminología (UNED). Vocal del Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales del Ministerios de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
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