El BOJA publica ayudas entre los 2.600 y los 7.200 euros al emprendimiento de autónomos

El plazo de solicitud se abre el 15 de noviembre y estará vigente hasta agotar el presupuesto disponible.

El BOJA ha publicado la convocatoria de ayudas correspondiente al ejercicio 2018 del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo.

Estos incentivos están destinados a personas físicas que hayan iniciado o vengan desarrollando una actividad económica como trabajadoras autónomas y tienen como finalidad dar estabilidad a la iniciativa emprendedora y fomentar el emprendimiento de segunda oportunidad en este ámbito de actividad. Dichas subvenciones se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, un criterio que permite atender a las necesidades de oportunidad de las personas interesadas y conlleva una mayor agilidad en la tramitación administrativa.

Los fondos se dividen en dos grandes líneas de ayudas. La primera de ellas, la estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo pretende fortalecer el empleo en este sector mediante ayudas al inicio de actividades económica de aquellas personas trabajadoras autónomas que son beneficiarias de la cuota reducida del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Tendrán preferencia los menores de 35 años, mujeres, personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y terrorismo y aquellas personas que hayan finalizado un contrato para la formación y el aprendizaje. Los destinatarios de las ayudas estarán obligadas a mantener de forma ininterrumpida su condición de trabajador autónomo y desarrollar su actividad como tal durante al menos doce meses.

La segunda línea de subvenciones, denominada de emprendimiento de segunda oportunidad, está orientada a favorecer la continuidad del trabajo autónomo, tanto de aquellas personas que ya están desarrollando su actividad en este segmento en la actualidad, como de las que estuvieron dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos ejerciendo como tales, causaron baja y ahora han decidido volver a retomar la actividad.

En este capítulo se recogen dos tipologías de medidas, una de ellas apoya las iniciativas de reemprendimiento de actividades empresariales y profesionales realizadas con anterioridad que fueron objeto de ayudas públicas concedidas por la Junta y que cesaron; y la otra busca la consolidación del trabajo autónomo, dando soporte a aquellas personas trabajadoras autónomas que decidan cambiar de estrategia competitiva para el mantenimiento de su empleo. Para ello deberán tener una antigüedad de 36 meses de alta ininterrumpida en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

El importe máximo de la subvención individual recogida en cada una de los apartados subvencionables oscila entre los 2.600 y los 7.200 euros, en función de las medidas a las que se acoja la persona interesada y atendiendo a la distribución territorial de los créditos disponibles. De acuerdo con esas cantidades y en una estimación inicial, podrían beneficiarse de los incentivos más de 3.300 autónomos. El plazo para presentar estas subvenciones se abre el 15 de noviembre y estará vigente hasta agotar el presupuesto disponible.

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